Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 24/03/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 3 de marzo de 1998, de la Dirección General de la Producción Agraria, por la que se suspende temporalmente de su calificación sanitaria a la explotación ganadera que se cita.

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Visto el expediente instruido por la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca de Málaga y en base a lo siguiente:

Al amparo de la normativa que regula la lucha contra la peste porcina africana y otras enfermedades del ganado de cerda (Real Decreto 791/1979, de

20 de febrero; Orden del Ministerio de Agricultura de 21 de octubre de 1980 y Resolución de la Dirección General de la Producción Agraria de 9 de febrero de 1982), se otorgó la calificación sanitaria de granja de sanidad comprobada a la explotación porcina «Hermagasa II¯, propiedad de Hermanos García Carrión, S.A., ubicada en Cártama (Málaga). El apartado A.7 de la Resolución de 9 de febrero de 1982, mencionada anteriormente, prevé la suspensión temporal del título concedido por la presencia de forma temporal en la explotación de determinadas enfermedades y hasta que cesen las causas que motivan la suspensión. Por otra parte, el apartado E.2 de la misma Resolución responsabiliza al Veterinario de la explotación a la remisión anualmente de una Memoria sobre las incidencias sanitarias de la explotación al órgano competente de la Comunidad Autónoma. Asimismo, deberá enviar cada seis meses un informe a dicho órgano sobre el estado sanitario de la misma.

Por otra parte, el Real Decreto 245/1995, de 17 de febrero, por el que se establece el programa coordinado de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky, dispone en el artículo 5.2 que las granjas de sanidad comprobada contempladas en el Real Decreto 791/1979 deberán calificarse sanitariamente frente a la enfermedad de Aujeszky y deberán cumplir lo dispuesto en dicho Real Decreto.

Ante el incumplimiento del apartado E.2 de la Resolución de 9 de febrero de

1982 y del artículo 5.2 del Real Decreto 245/1995, previa tramitación del correspondiente expediente y en ejercicio de las competencias conferidas,

R E S U E L V O

Suspender de manera temporal y durante un plazo de seis meses la calificación sanitaria otorgada a la explotación ganadera denominada «Hermagasa II¯, propiedad de Hermanos García Carrión, S.A. Dicha suspensión tendrá el carácter de definitiva en el caso de no aportarse por parte de la empresa afectada las justificaciones necesarias.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Agricultura y Pesca en el plazo de un mes, contado desde el día de la notificación de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1 y 114 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Resolución será notificada al interesado.

Sevilla, 3 de marzo de 1998.- El Director General, Luis Gázquez Soria.