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El Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de febrero actual, ha admitido a trámite el Conflicto positivo de competencia número/98, planteado por el Gobierno en relación con el Decreto de la Junta de Andalucía 287/1997, de 23 de diciembre, por el que se determinan las competencias de los Organos de la Administración de la Junta de Andalucía en relación con los pagos, cauciones, depósitos o consignaciones judiciales. Y se hace saber que por el Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto impugnado, desde el día 10 de febrero de 1998, fecha de interposición del mismo.
Madrid, a dieciocho de febrero de mil novecientos noventa y ocho. El Presidente del Tribunal Constitucional, Alvaro Rodríguez Bereijo. Firmado y rubricado.
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