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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de agua potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE TREBUJENA (CADIZ)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio
Calibre del contador en mm:
13 260 ptas./trimestre
15 360 ptas./trimestre
20 480 ptas./trimestre
25 600 ptas./trimestre
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico:
Hasta 24 m3/trimestre 32 ptas./m3
Más de 24 m3 hasta 40 m3/trimestre 48 ptas./m3 Más de 40 m3 hasta 60 m3/trimestre 68 ptas./m3 Más de 60 m3/trimestre en adelante 100 ptas./m3
Derechos de acometida:
Parámetro A: 1900ptas./mm.
Parámetro B: 5.338 ptas./l/sg.
Cuota de contratación
Conforme a la fórmula:
Cc = 600 d - 4.500 (2 - P/t)
Siendo:
«d¯: El diámetro o calibre del contador en milímetros. «P¯: 31,13 ptas.
«t¯: 27,13 ptas.
Contador de 13 mm: 3.963 ptas.
Fianzas: Se exigirá la cantidad máxima que se establece en el artículo 57 del Reglamento de Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 21 de abril de 1998
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda