Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 07/05/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

ACUERDO de 15 de abril de 1998, de la Secretaría General Técnica, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas en el puesto de trabajo denominado Negociado de Régimen Interior.

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De conformidad con el art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con el original, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

En el normal ejercicio de las funciones asignadas al Servicio de Administración General y Contratación, dependiente de la Secretaría General Técnica de esta Consejería, se presentan una serie de trámites en los que los administrados deben aportar una copiosa documentación, a los efectos de acreditación de requisitos, exigida tanto en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen los contratos administrativos, como en las distintas normas reguladoras de los programas de subvenciones promovidos por las Direcciones Generales de esta Consejería. Todo ello supone un cúmulo de trabajo en la expedición de copias mediante cotejo. Por tanto se hace necesario, por razones técnicas, proceder a la delegación de la correspondiente competencia de conformidad con lo que al respecto establecen los arts. 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Visto lo anterior,

ACUERDO

Primero. Delegar, en el puesto de trabajo denominado Negociado de Régimen Interior (Código 853820), la competencia de autenticación de copias de documentos privados y públicos, atribuida al Jefe de la Sección de Administración General, respecto de la documentación exigida en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen los contratos administrativos y en las normas reguladoras de los programas de subvenciones promovidos por las Direcciones Generales de esta Consejería.

Segundo. La presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el art. 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de abril de 1998.- El Jefe de la Sección de Administración General, Enrique Alvarez de Toledo Cornello.