Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 51 de 07/05/1998

5. Anuncios5.1 Subastas y concursos de obras, suministros y servicios públicos

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 23 de marzo de 1998, del Patronato de la Alhambra y Generalife, por la que se anuncia concurso por el procedimiento abierto para la adjudicación de la gestión y venta de entradas al Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife. (PD. 1306/98).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA ADJUDICACION DE LA GESTION DE RESERVA Y VENTA DE ENTRADAS AL CONJUNTO MONUMENTAL DE LA ALHAMBRA Y GENERALIFE

1. Introducción.

El Patronato de la Alhambra y Generalife, en cuanto Organismo Autónomo de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, considera una de sus funciones prioritarias posibilitar el acceso al recinto de visitantes españoles y extranjeros, adoptando cuantas medidas y acciones juzgue necesarias para el cumplimiento de éste y otros fines. Dado que la demanda actual de información sobre la Alhambra y la atención al elevado número de visitantes ha generado a este Organismo la necesidad de incorporar nuevas estrategias de comunicación y prestación de servicios, se hace de todo punto necesario abrirse a canales de distribución de entradas al recinto y de información alternativos, que posibiliten una mejor atención al público.

La realización de lo anterior exige contar con la colaboración de una entidad de carácter financiero, cuya selección deberá realizarse de acuerdo con los principios de publicidad y libre concurrencia. En consecuencia, se convoca una oferta pública para materializar dicha selección, según las condiciones para su adjudicación que se contienen en el presente pliego. En aquellos casos en que así lo estimen conveniente, las entidades financieras podrán concurrir a la oferta en agrupaciones, siempre y cuando sea designada por aquéllas una única entidad como titular de la cuenta objeto del presente pliego.

Seleccionada la mejor oferta, de acuerdo con los criterios del presente pliego, se procederá a la firma de un convenio entre el Patronato de la Alhambra y Generalife y la entidad financiera adjudicataria.

2. Objeto del convenio.

Es el objeto de este pliego la adjudicación de un sistema de gestión de reserva y venta de entradas al Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife por una entidad financiera, para llevar a cabo las siguientes actuaciones:

1. Venta anticipada y reserva de billetes del Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife de forma simultánea en toda su red de oficinas, tanto a nivel nacional como internacional.

2. Venta directa de entradas en una oficina de la ciudad de Granada que se encuentre próxima al Conjunto Monumental.

3. Venta y reserva de entradas y distribución de información del Patronato de la Alhambra y Generalife a través de línea telefónica.

4. Publicidad del sistema de gestión integral a través de:

- Paneles publicitarios utilizados para la promoción de productos de su entidad en cada una de sus oficinas.

- Mensajes editados en los extractos de cuenta de los clientes.

- Campañas publicitarias sistemáticas a través de los medios de comunicación.

3. Procedimiento y forma de selección de la entidad financiera.

La selección de la entidad financiera que gestione la reserva y venta anticipada de entradas al Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife se realizará por concurso, de acuerdo con los principios de publicidad y libre concurrencia, en base al baremo establecido en este documento.

4. Capacidad para participar en el proceso de selección. Están facultadas para participar en el proceso de selección las entidades financieras que operen en Andalucía y estén inscritas en el correspondiente registro del Banco de España.

5. Presentación de solicitudes de participación en el proceso de selección.

Todas las entidades que deseen concurrir en el presente concurso deberán presentar preferentemente en el Registro General del Patronato de la Alhambra y Generalife, sito en la Calle Real de la Alhambra, s/n, 18009 Granada, en el plazo de quince (15) días a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la Resolución que convoque a las entidades financieras a participar en el proceso de selección, un sobre cerrado, firmado y sellado, dirigido a la Dirección del Patronato de la Alhambra y Generalife, e indicando el título: «Participación en el proceso de selección de entidad colaboradora gestión de reserva y venta anticipada de entradas Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife¯, así como razón social de la entidad, todo ello de forma legible.

El sobre incluirá la oferta, dividida en apartados por

materias, de acuerdo con el baremo contenido en el presente documento.

Las proposiciones deberán presentarse dentro del plazo y hora fijados en el anuncio de licitación.

La unidad de Registro del Patronato de la Alhambra y Generalife verificará de forma expresa los anteriores requisitos, estando facultada para pedir a la empresa subsanar las deficiencias.

En el caso de que los licitadores opten por presentar sus proposiciones por correo, el ofertante deberá justificar la fecha de presentación de la proposición y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, telegrama o telefax en el mismo día y dentro del plazo horario fijado. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin que se hubiese recibido la proposición, ésta no será recibida en ningún caso.

La presentación de las proposiciones presume la aceptación incondicional por el empresario del contenido de las cláusulas de este pliego.

Terminado el plazo de presentación de proposiciones, el funcionario responsable del Registro General del Patronato de la Alhambra y Generalife expedirá una certificación donde se relacionen las proposiciones recibidas o, en su caso, sobre la ausencia de licitadores, que junto con los sobres remitirá al secretario de la mesa de adjudicación.

6. Apertura de ofertas.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes de

participación, la mesa de adjudicación que se constituya procederá, en acto público, a la apertura de las ofertas de las entidades admitidas y levantará acta de la reunión, pudiendo solicitar los informes técnicos que estime necesarios, y elaborará su propuesta de adjudicación.

Entre los miembros de la mesa de adjudicación deberá

encontrarse el Interventor Delegado del Patronato de la Alhambra y Generalife, el Letrado del Gabinete Jurídico de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía que se designe y un representante de la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía.

7. Criterios para la adjudicación.

Los criterios que habrán de servir de base a la adjudicación serán los siguientes:

1º Red de oficinas en el territorio nacional: 0 a 10 puntos.

2º Red de oficinas en el extranjero: 0 a 9 puntos.

3º Red de oficinas en la Comunidad Autónoma Andaluza: 0 a 8 puntos.

4º Oficina más próxima al Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife en la ciudad de Granada: 0 a 7 puntos.

5º Servicio telefónico: 0 a 6 puntos.

6º Red ofimática: 0 a 5 puntos.

7º Atención directa al público en oficinas: 0 a 4 puntos.

Si alguna de las entidades participantes obtuviese 0 puntos en cualquiera de los apartados citados en este punto, quedará automáticamente excluida del proceso de selección.

8. Adjudicación.

El Director del Patronato de la Alhambra y Generalife tendrá, alternativamente, la facultad de adjudicar la gestión de la reserva y venta anticipada de entradas al Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife, mediante la firma del preceptivo convenio, a la oferta más ventajosa derivada de la aplicación de los criterios establecidos o declarar desierto el concurso.

9. Formalización del Convenio.

La formalización del Convenio entre la Dirección del Patronato de la Alhambra y Generalife y la entidad financiera

seleccionada se llevará a cabo dentro de los quince días siguientes al recibo de la notificación de la adjudicación efectuada.

El servicio habrá de ponerse en marcha en el plazo máximo de seis meses desde el momento de la firma del Convenio.

Si por causa imputable a la entidad no pudiera formalizarse el Convenio, la Administración podrá acordar dejar sin efecto la adjudicación, en cuyo caso procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.

10. Plazo de ejecución.

El Convenio que se formalice con la entidad adjudicataria al amparo del presente procedimiento tendrá un plazo de vigencia de 5 años desde la fecha de su firma. En todo caso podrá ser prorrogado por años sucesivos por mutuo acuerdo de las partes antes de su finalización.

La denuncia del mismo por alguna de las partes deberá ser propuesta con una antelación mínima de seis meses a la fecha de extinción pactada.

11. Obligaciones de las partes.

Los servicios a que se refiere la siguiente selección se ejecutarán por la entidad con estricta sujeción a las cláusulas estipuladas en el Convenio y en el presente documento.

La función primordial a realizar por la entidad financiera adjudicataria será poner en marcha un sistema de

comercialización de entradas que permita:

- Venta anticipada y reserva de billetes del Conjunto

Monumental de la Alhambra y Generalife en todas sus oficinas.

- Venta directa de entradas en la oficina principal de la ciudad de Granada.

- Venta y reserva de entradas y distribución de información del Patronato de la Alhambra y Generalife a través de línea telefónica.

- Dar publicidad al sistema de gestión integral a través de todos los medios que a estos efectos disponga la entidad financiera.

Con el fin de llevar a cabo lo anterior la entidad financiera que resulte adjudicataria deberá:

- Disponer de una aplicación informática que permita

coordinar todo el proceso de gestión de reservas y venta anticipada de entradas.

- Poner a disposición del Patronato de la Alhambra y Generalife monitores conectados a la aplicación, para tener acceso directo a cualquier información sobre el sistema de venta y reservas.

- Someterse a la determinación del Patronato de la Alhambra y Generalife sobre el porcentaje de billetes destinado a venta directa y a reserva y venta anticipada.

- Asumir la atención telefónica del servicio.

- Asumir la atención del servicio en sus oficinas.

- Asumir las condiciones de venta directa que el Patronato de la Alhambra y Genelalife decida.

- Abrir una cuenta única de ingresos de ámbito territorial provincial, que deberá estar autorizada por la Dirección General de Tesorería y Política Financiera de la Junta de Andalucía. Dicha cuenta girará bajo la denominación de «Cuenta restringida de recaudación de ingresos del Patronato de la Alhambra y Generalife¯, estará identificada con el Número de Identificación Fiscal que proceda y será corriente, no

retribuida y no devengará comisión alguna.

- Subvencionar actividades culturales propuestas por el Patronato de la Alhambra y Generalife.

- Indemnizar los daños y perjuicios causados a terceros o a la Comunidad Autónoma de Andalucía por incumplimientos imputables a la propia entidad.

El Patronato de la Alhambra y Generalife se reserva las siguientes facultades:

- Modificar las condiciones de gestión de la visita y de venta de los billetes que se establezcan previa comunicación a la entidad financiera colaboradora, siempre que ello sea posible.

- Determinar el porcentaje de billetes destinado a venta directa y a reservas y venta anticipada.

- Participar en cualquier proyecto que se estime conveniente para colaborar en la potenciación del desarrollo turístico de la ciudad.

- Mantener sus propios puntos de venta directa y su propia central de reservas para acceso gratuito.

- Determinar qué entidades pueden tener la consideración de clientes específicos en el sistema.

- Determinar los módulos y parámetros básicos del sistema.

- Controlar e inspeccionar el sistema de gestión y venta de entradas, la estadística de visitantes y la recaudación y liquidación diarias.

12. Resolución del Convenio.

Es causa de resolución del convenio el incumplimiento de los términos del mismo, así como la divulgación de información no autorizada por la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de objeto del mencionado convenio, con independencia de las responsabilidades que se le pudiera exigir.

13. Jurisdicción competente.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en relación con la presente selección se resolverán ante los Organos

Jurisdiccionales con sede en Granada, por lo que se entiende que la entidad renuncia a su propio fuero si fuera distinto del anterior.

Granada, 23 de marzo de 1998.- El Director, Mateo Revilla Uceda.