Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Con fecha 10 de septiembre de 1997, la Excma. Sra. Consejera de Gobernación y Justicia resuelve desestimar el Recurso Ordinario interpuesto contra la Resolución del Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno de Huelva, de fecha 26 de marzo de 1996, dictada en el expediente H-
48/96-E.P., incoado por infracción a la normativa sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, en el que se imponía a doña Manuela González Gracia una sanción consistente en una multa de veinticinco mil pesetas (25.000 ptas.). Dicha Resolución, a tenor de lo establecido en el art. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, es ejecutiva, al poner fin a la vía administrativa.
La cuantía de la sanción deberá hacerse efectiva en cualquier entidad colaboradora, utilizando la carta de pago núm. 350849, dentro de los siguientes plazos: Las notificadas entre los días
1 y el 15 del mes, desde la fecha de notificación hasta el día
5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Las notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior. Con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción se procederá a certificar el descubierto para su cobro por la Consejería de Economía y Hacienda en vía de apremio. El Secretario General. Fdo.: Miguel A. Torres Díaz.
Huelva, 15 de abril de 1998.- El Delegado, José Antonio Muriel Romero.