Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 17/01/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 26 de diciembre de 1997, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula la convocatoria para la selección de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes 1998.

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El Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud (BOJA núm. 49, de 26 de abril), atribuye en su artículo 3 al citado Instituto, entre otras funciones, las de fomento de la participación, promoción e información en materia de juventud.

En este marco funcional, y con la finalidad de promocionar actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma, se regula la convocatoria para la selección de proyectos correspondientes al Programa de Campos de Trabajo de Servicio Voluntario para Jóvenes.

A tal fin, previo informe favorable y teniendo en cuenta las disposiciones anteriormente citadas y las normas de general aplicación, este Instituto resuelve:

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto hacer pública la convocatoria para la selección de proyectos de Campos de Trabajo, a realizar durante el verano (julio y agosto) de 1998. Entendiendo por Campo de Trabajo «una actividad en la que un grupo de jóvenes de diferentes procedencias, se comprometen, de forma voluntaria y desinteresada, a desarrollar un proyecto de trabajo de proyección social, y de actividades complementarias, durante un tiempo determinado. Siendo la realización del proyecto un medio para fomentar valores de convivencia, tolerancia, solidaridad, participación, aprendizaje intercultural, etc.¯.

Segundo. Solicitantes.

Podrán presentar sus proyectos aquellas personas físicas o jurídicas que dispongan de la capacidad y de los medios suficientes para desarrollar proyectos de Campos de Trabajo según los tipos que se relacionan en el siguiente apartado.

Tercero. Tipología de los Proyectos.

Los proyectos se acomodarán a la siguiente tipología:

A) Investigación y Rehabilitación del Patrimonio Histórico-Artístico y Cultural.

B) Arqueología.

C) Acciones destinadas a la protección o recuperación del Medio Ambiente.

D) De Acción Comunitaria y de Intervención Social en un medio concreto (barrios, zonas rurales, centros hospitalarios, etc.).

E) Actuaciones que presten una especial atención a sectores sociales desfavorecidos.

F) Otros, siempre que reúnan los requisitos a que se refiere el apartado cuarto.

Cuarto. Requisitos que deben reunir los proyectos. Los proyectos que se presenten habrán de reunir los siguientes requisitos:

- Que los destinatarios sean jóvenes de ambos sexos, con edades comprendidas entre los 18 y 30 años.

- Que el número de participantes esté comprendido, preferentemente, entre 25 y 35.

- Que la duración mínima de la actividad sea de 10 días y máxima de 15 (14 pernoctaciones).

- Que el programa se realice en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 1998.

- Que prevea la realización de un trabajo concreto de interés social, durante un tiempo limitado (entre 4 y 6 horas diarias, 5 días a la semana), a desarrollar de forma desinteresada por los participantes y, en su caso, facilite la formación necesaria para su desarrollo.

- Que contenga, además, un programa de actividades complementarias de carácter lúdico-recreativo y sociocultural, especialmente dirigidas al conocimiento del entorno donde se vaya a desarrollar la actividad.

- Que facilite la participación activa, la colaboración entre todos los participantes y fomente la adquisición de valores sociales (tolerancia, solidaridad, etc.).

- Que sea un lugar de encuentro e intercambio de experiencias entre jóvenes de distintas procedencias.

- Que prevea el alojamiento y la manutención en régimen de pensión completa.

- Que cuenten con la colaboración de Entidades o Instituciones para el desarrollo de las actividades.

- Los servicios de alojamiento y alimentación deberán cumplir con todos los requisitos de habitabilidad e higiénico-sanitarios de acuerdo al número de personas que los vayan a utilizar.

Quinto. Equipo organizador.

Los proyectos han de ser elaborados por un equipo de organización cualificado, compuesto por especialistas y expertos, en función del proyecto de que se trate.

Además, ha de prever el personal de servicios y sanitario, si la actividad así lo requiere.

Sexto. Documentación y contenido de los proyectos.

1. Los proyectos han de presentarse acompañados del modelo de solicitud que se adjunta como Anexo I, debidamente cumplimentado y firmado por el/la autor/a del mismo.

2. Junto a la solicitud deberá adjuntarse el proyecto que, con una extensión máxima de 15 folios mecanografiados a doble espacio, contendrá la siguiente documentación (ver Anexo II):

a) Memoria.

b) Presupuesto de Gastos.

c) Datos del equipo que desarrollará directamente la actividad.

3. Asimismo se cumplimentará la Ficha Informativa que se contempla en el Anexo III, en la que se extractará el contenido del proyecto a los efectos de elaborar la publicidad.

Séptimo. Plazo y presentación de solicitudes.

Las solicitudes y documentación a que se refiere el punto anterior, se dirigirán al Ilmo. Sr. Director General del Instituto Andaluz de la Juventud y se presentarán, preferentemente, en las Direcciones Provinciales de dicho Instituto, correspondientes al domicilio de residencia o sede social de los/as autores/as de los proyectos (Anexo IV). Asimismo, se podrán presentar en los lugares y por los medios indicados en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El plazo de presentación de proyectos finalizará el día 12 de febrero de

1998.

Octavo. Proceso de selección.

Una vez recibidos los proyectos en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud, valorados e informados por éstas, se remitirán junto con su informe a los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Juventud, antes del día 20 de febrero de 1998.

El estudio, selección y adjudicación de los proyectos será realizado por una Comisión Técnica de Valoración nombrada al efecto, integrada por los siguientes miembros:

- Un/a técnico/a de cada una de las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud.

- Tres técnicos de los Servicios Centrales del Instituto Andaluz de la Juventud.

- Un/a Técnico/a de la Empresa Pública Andaluza de Gestión de Instalaciones y Turismo Juvenil (Inturjoven, S.A.).

Asimismo, podrán asistir a esta Comisión el personal técnico que se designe al efecto en función de la especificidad del proyecto.

El resultado de la selección se le notificará a los interesados desde la Dirección Provincial del Instituto Andaluz de la Juventud donde tenga su residencia o sede social el autor del proyecto.

El solicitante deberá entender que no ha sido seleccionado su proyecto si, transcurridos cuatro meses desde que tuvo entrada la solicitud con el proyecto no ha recibido notificación expresa.

Noveno. Criterios de evaluación.

La selección de proyectos se atendrá a los siguientes criterios objetivos de evaluación:

- Cualificación del equipo organizador (experiencia como equipo y, de forma específica, en los trabajos objeto del proyecto).

- Idoneidad de las instalaciones, equipamientos y recursos.

- Carácter participativo e interés formativo de los contenidos.

- Interés social de los trabajos a desarrollar.

- Colaboración efectiva de otras Entidades o Instituciones en el desarrollo del proyecto.

- Equilibrio coste-calidad en el presupuesto.

- Grado de preparación y elaboración del programa.

- Equilibrio territorial en la distribución geográfica de las actividades a desarrollar.

Décimo. Ejecución de proyectos.

1. El Instituto Andaluz de la Juventud encomendará los proyectos seleccionados a la Empresa Pública Inturjoven, S.A., la cual procederá a la gestión y puesta en práctica de los mismos, previa formalización del correspondiente convenio o contrato con las personas o entidades seleccionadas.

2. La convocatoria pública de los proyectos de actividades que resulten seleccionados, su publicidad y difusión, la selección de los/as jóvenes participantes en las mismas, así como el seguimiento, control y evaluación, desde el punto de vista técnico y pedagógico, corresponderá al Instituto Andaluz de la Juventud y a sus Direcciones Provinciales dentro de su ámbito territorial.

Undécimo. Alteración de proyectos.

Cualquier modificación en el contenido del proyecto, una vez seleccionado, deberá comunicarse inmediatamente a la Dirección Provincial organizadora y deberá contar con la autorización del Instituto Andaluz de la Juventud.

Duodécimo. Obligaciones de los/as autores/as de los proyectos. Los/as autores/as de los proyectos quedan obligados/as a:

- Presentar las autorizaciones correspondientes de los propietarios o administradores de los terrenos donde se vaya a realizar la actividad, de las instalaciones propuestas para alojamiento y manutención, etc.

- Formalizar convenio o contrato con la Empresa Pública Inturjoven, S.A.

- Designar un/a responsable como único/a interlocutor/a.

- Admitir la presencia de evaluadores acreditados de la Junta de Andalucía.

- Comunicar cualquier incidencia en el desarrollo del programa, en el momento en que ésta se produzca.

- Presentar, en el plazo de un mes desde la finalización del proyecto, Memoria del mismo, de acuerdo con el modelo-guion que se les facilitará desde el Instituto Andaluz de la Juventud.

Sevilla, 26 de diciembre de 1997.- El Director General, Federico Pérez Peralta.

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