Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 20/1/1998

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Otros. NOTARIA DE DON JOSE PAYA PICO

EDICTO de subasta. (PP. 28/98).

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Yo, José Paya Pico, Notario del Ilustre Colegio de Granada con residencia en Málaga, hago saber:

Que ante mí se tramita Procedimiento extrajudicial de Ejecución Hipotecaria número 1/1997, en el que figura como parte acreedora el Banco «Citibank España, S.A.¯ y como parte deudora los esposos don Francisco Cantos Castillo y doña María del Carmen Galindo Valverde y que procediendo la subasta ante Notario, ésta se llevará a cabo bajo las siguientes condiciones:

1. La finca objeto de la subasta es la finca registral número diez o vivienda tipo C-3 de la escalera derecha en planta primera del bloque en la urbanización Parque Mediterráneo y en su calle Eduardo de Palacios, núm. 17,

1º C-3 y que está inscrita en el Registro al tomo 2094, libro 104, folio

167, finca número 158.

2. Lugar: Todas las subastas se celebrarán en mi Notaría, sita en Málaga, calle Especerías, número 5-2º

3. Día y hora: La primera subasta se señala para el día 23 de febrero de

1998; la segunda para el día 24 de marzo de 1998 en su caso; la tercera subasta, en el suyo, para el día 23 de abril de 1998; y para el caso de mejora de postura es la tercera subasta se señala para la licitación entre mejorantes y mejores postores el día 29 de abril de 1998. La hora de todas las subastas dichas será las diez horas para cada una de ellas.

4. Tipo: Para la primera subasta el tipo es de pesetas 11.614.293. Para la segunda subasta el setenta y cinco por ciento de la cantidad indicada para la primera. La tercera subasta será sin sujeción a tipo.

5. Consignaciones: Salvo el acreedor, todos los demás postores, para tomar parte en la primera o en la segunda subasta, deberán consignar mediante ingreso con anterioridad, ante el Notario autorizante a una cantidad equivalente al 30% del tipo que corresponda; en la tercera subasta el depósito consistirá en el 20% del tipo de la segunda subasta.

6. Documentación y advertencias: La documentación y certificación del Registro a que se refieren los artículos 236.a) y 236.b) del Reglamento Hipotecario pueden consultarse en la Notaría; se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación; las cargas, gravámenes y asientos anteriores a la hipoteca que se ejecuta continuarán subsistentes.

7. Adjudicación a calidad de ceder a tercero: Sólo la adjudicación a favor del ejecutante o el remate a favor del mismo o de un acreedor posterior podrá hacerse a calidad de ceder a un tercero.

Málaga, 7 de enero de 1998.- El Notario.

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