Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 70 de 25/06/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 3 de junio de 1998, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de anticipos al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1998.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), modificada parcialmente por la de 1 de octubre de 1993 (BOJA del 14), reguló la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Disposición Final Primera de la primera Orden citada faculta a la Secretaría General para la Administración Pública a dictar las resoluciones oportunas y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de dicha norma, la cual ha delegado competencia en la Dirección General de la Función Pública, mediante Resolución de 10 de diciembre de 1996 (BOJA del 28).

En su virtud, gestionadas la totalidad de las solicitudes recibidas y destinados los porcentajes a los distintos grupos funcionariales y laborales, según se dispone en el artículo

11.2 de la precitada Orden y en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 12 de mayo de 1998 (BOJA de 2 de junio), esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero. Distribuir la cantidad habilitada en el ejercicio de

1998 para anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía entre sus distintos ámbitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo

11.1 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), en los siguientes porcentajes:

Personal funcionario y no laboral: 88% (396.000.000 de ptas.).

Personal laboral: 12% (54.000.000 de ptas.).

Segundo. Los porcentajes asignados a cada uno de los grupos funcionariales y laborales son los establecidos a efectos de préstamos de Acción Social en los Anexos I y II de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 12 de mayo de 1998 (BOJA de 2 de junio), de distribución de créditos de Acción Social del ejercicio de 1998 para el personal funcionario y no laboral y para el personal laboral.

Tercero. Publicar los listados provisionales del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía admitido para la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1998, ordenado alfabéticamente.

Cuarto. Publicar los listados provisionales del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía excluido de la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1998, por orden alfabético y con indicación de las causas de exclusión.

Quinto. Conceder plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el BOJA para que los interesados presenten las reclamaciones que estimen pertinentes en relación al contenido de los listados que se publican y, en su caso, subsanar los defectos padecidos en su solicitud o en la documentación preceptiva.

Dichas reclamaciones se presentarán en los Registros Generales de las Consejerías y Organismos Autónomos y sus Delegaciones en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 3 de junio de 1998.- El Director General, Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

Descargar PDF