Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 02/07/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA

ANUNCIO de Bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSOOPOSICION POR EL SISTEMA DE PROMOCION INTERNA, 13 PLAZAS DE CABOS DE BOMBEROS, VACANTES EN LA PLANTILLA DE ESTE AYUNTAMIENTO

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por el procedimiento de Concurso-Oposición mediante promoción interna de 13 plazas de cabos del Cuerpo de Bomberos. Las referidas plazas se encuentran encuadradas en la escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales de la plantilla del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamentos del Ayuntamiento de Marbella, grupo D.

2. Requisitos de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso-oposición será necesario:

- Estar desempeñando en propiedad una plaza de bombero del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Marbella, con una antigüedad mínima de dos años de servicio efectivo.

- Haber superado el Curso de Capacitación para Cabos del Servicio de Bomberos, impartido en la Escuela de Seguridad de Marbella.

- Carecer en el expediente personal de inscripción por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrán en cuenta las canceladas.

Los requisitos exigidos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias.

3. Presentación de instancias.

3.1. Las instancias solicitando tomar parte en el presente Concurso-Oposición se presentarán en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento y deberán contener la manifestación por parte de los aspirantes de que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base segunda.

3.2. La citada instancia deberá dirigirse al Sr. Alcalde- Presidente de la Corporación e irán acompañadas de la siguiente documentación:

- Recibo acreditativo de haber satisfecho los derechos de examen correspondientes.

- En el caso de que opte a la Fase de Concurso, fotocopia compulsada de los documentos que el aspirante pretenda que se valoren de acuerdo con el baremo contenido en la Base 6.1. Dichos documentos han de ser relacionados en la instancia de solicitud. Los méritos o servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.

3.3. El plazo de presentacion de las mismas será de 20 días naturales a partir del siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOE.

3.4. Los derechos de examen serán de 2.000 ptas., cuyo importe se hará efectivo en la Caja del Ayuntamiento de Marbella

4. Lista de admitidos y fecha celebración de las pruebas. Recibidas las instancias, si se apreciara que cualquiera de ellas adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane el mismo, con el apercibimiento de que, de no hacerlo así, se tendrá por no presentada la misma. Una vez terminado el plazo de admisión y subsanados los defectos apreciados, se confeccionará la lista definitiva de admitidos y se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación, así como la fecha, hora y lugar de celebración de la prueba.

5. Tribunal Calificador.

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o el Tte. de Alcalde

Delegado de Personal.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- El Concejal Delegado de Bomberos.

- El Jefe del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Marbella.

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- El Jefe del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Málaga.

- Un funcionario de carrera designado por la Junta de Personal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación al mismo de asesores especialistas, con voz pero sin voto.

6. Procedimiento de Selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases y la calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las mismas:

a) Concurso.

b) Oposición.

6.1. Fase de concurso:

El concurso se valorará conforme al siguiente baremo:

a) Titulaciones académicas:

BUP, Bachiller Superior, Formación Profesional 2º Grado o equivalente: 0,20 puntos.

b) Antigüedad:

Por cada año prestado en la categoría anterior a la que se aspira del Cuerpo de Bomberos: 0,20 puntos con un máximo de 15 años.

c) Formación:

Por cursos superados en Centros de Formación o Escuelas de Seguridad Ciudadana en materia de seguridad contra incendios:

- Cada 35 horas: 0,15 puntos.

- Las fracciones con: 0,10 puntos.

6.2 Fase de Oposición:

Primera prueba: Aptitud psicotécnica.

Consistente en realizar un test dirigido a determinar las aptitudes y actitudes para el desempeño de las plazas

convocadas. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 para superar el ejercicio.

Segunda prueba: Conocimientos.

Consistente en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas sobre el siguiente temario, que se calificará de 0 a

10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 para superar el ejercicio:

Materias Comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales, características y estructura.

2. El Municipio.

3. Organización y competencias municipales.

4. La Función Pública Local. Derechos y deberes.

5. La responsabilidad de la Administración.

Materias específicas.

1. Generalidades sobre el fuego. Su naturaleza. Calificación de los agentes extintores. Medios móviles de extinción y útiles de extinción.

2. Sistemas fijos de detección y de extinción. Instalaciones fijas. Contenido básico de los sistemas. Generalidades. Sistemas rociadores automáticos. Sistemas de agua pulverizada. Sistemas de espuma física. Sistemas de CO. Sistemas de agentes gaseosos, sustituto de los halones. Sistemas de polvo.

3. Protección respiratoria. Aparatos de exploración y

Salvamentos.

4. Siniestro de materias peligrosas en su transporte.

Generalidades y clasificación.

5. Pronto auxilio y actuaciones en salvamentos, Seguridad e Higiene.

6. NBE-CPI-96 Condiciones urbanas y generales de un edificio. Criterios generales para la clasificación de los edificios. Espectáculos públicos y Ordenanzas de este Ayuntamiento.

7. La Ley de Protección Civil. Misiones y competencias. El Voluntariado. Estructuras y Organización de los servicios contra incendios. Servicios Locales y Provinciales. Consorcios. Servicios Privados.

8. Prevención de Incendios, objeto y finalidad. Normativas, aplicaciones en los diferentes tipos de industrias.

Problemáticas. Protecciones personales. Definición.

Consecuencias del fuego sobre las personas. Carga Térmica. Su efecto en el organismo. Clasificación de las protecciones personales.

9. Incendios forestales. Extinción y prevención.

10. Instalaciones fijas de extinción de incendios.

Abastecimiento. Almacenamiento. Actuaciones de los diferentes sistemas. Cálculo, diseño, inspección de control.

Tercera Prueba: Supuesto práctico.

Sobre actuaciones en un siniestro ejerciendo las funciones propias de las plazas objeto de convocatoria. Se calificará de

0 a 10 puntos, siendo necesario un mínimo de 5 para superar el ejercicio.

7. Lista de seleccionados y propuesta del Tribunal.

Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aprobados, que no podrá exceder del número de plazas convocadas, por orden de puntuación, en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

8. Presentación de documentación.

Los aspirantes propuestos aportarán al Departamento de Personal los documentos acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, en el plazo de 20 días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados.

9. Propuesta final y nombramiento.

Concluido el proceso selectivo, serán propuestos a la Alcaldia para su nombramiento como funcionarios de carrera en el empleo de cabos de bomberos, los aspirantes seleccionados de mayor a menor, según la puntuación alcanzada.

Los nombramientos deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado.

10. Toma de posesión.

Los aspirantes seleccionados tomarán posesión del cargo en la forma y tiempo que se establezca por la Alcaldía-Presidencia.

Marbella, 12 de mayo de 1998.- El Alcalde.

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