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En el expediente instruido al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 79.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; artículos
109.2 y 110 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 6/1983, de 21 de julio, y demás preceptos de general aplicación.
El artículo 13.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, confiere competencia exclusiva a esta Comunidad Autónoma, en materia de Régimen Local.
En su virtud al amparo de la legislación invocada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley
6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Prestar conformidad a la cesión gratuita de un terreno, propiedad del Ilmo. Ayuntamiento de Beas de Segura (Jaén), a la Consejería de Educación y Ciencia para la construcción de un Centro de Enseñanza Secundaria Obligatoria, a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 25 de febrero de 1998, y cuya descripción es la siguiente:
«Terreno de 5.500 m¯, sito en el paraje denominado "Calares del Cortijo del Cura", en el paraje Arroyo del Ojanco, limita y linda al norte, oeste y este con terrenos del Ayuntamiento del cual se segrega, al Sur con Camino de Ajozar.
Esta finca se forma por segregación de la núm. 26.565, de Beas de Segura, del Registro de la Propiedad de Villavarrillo (Jaén).¯
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso- administrativo ante la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, previa comunicación de dicha interposición a esta Consejería de conformidad con el artículo
110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 2 de junio de 1998
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
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