Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 75 de 07/07/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 27 de mayo de 1998, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior y se modifica la autorización en Educación Secundaria al Centro privado Unamuno, de Málaga.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Agustín Benito Jiménez, como representante de la Entidad Mercantil «Alcenes, S.L.¯, titular del Centro docente privado «Unamuno¯, sito en Málaga, Urbanización Miraflores del Palo, C/ Escritora Fuster Gallardo, núms. 10 y 12, solicitando autorización para:

a) Impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan Enseñanzas de Régimen General no Universitarias.

b) Modificación de la autorización de Educación Secundaria por disminución de 4 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, según lo dispuesto en el Título IV, art. 19.c) del Decreto

109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

c) Distribución de las unidades de Bachillerato con igual número de unidades por modalidad, según lo dispuesto en el Título IV, art. 19.f) del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «Unamuno¯, de Málaga, por Orden de 21 de abril de 1997 tiene autorización para un centro de Educación Secundaria impartiendo: Educación Secundaria Obligatoria con 12 unidades y 360 puestos escolares; Bachillerato, modalidad: Ciencias de la Naturaleza y de la Salud con 6 unidades y 210 puestos escolares; Bachillerato, modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales con 4 unidades y 140 puestos escolares y Bachillerato, modalidad: Tecnología con 2 unidades y 70 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Málaga, como se contempla en el artículo, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la impartición de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior y modificar la autorización de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato al Centro de Educación Secundaria «Unamuno¯, de Málaga, y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «Unamuno¯.

Titular: Alcenes S.L.

Domicilio: C/ Escritora Fuster Gallardo, núms. 10 y 12, Urbanización Miraflores.

Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29005539.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 8 unidades y 240 puestos escolares.

b) Bachillerato:

Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

Modalidad: Tecnología.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

c) Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado

Superior:

- Un Ciclo de Técnico Superior en Gestión Comercial y

Marketing.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Comercio Internacional. Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Información y

Comercialización Turísticas.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Agencias de Viajes.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas.

Capacidad: 30 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 9 de junio, y el centro irá implantando progresivamente las

enseñanzas autorizadas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas de Ciclos

Formativos de Formación Profesional de Grado Superior, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto. De acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, se establece que en el año académico 2000/2001 se implantarán con carácter general las enseñanzas

correspondientes a los Ciclos Formativos de Formación

Profesional de Grado Superior. No obstante, previa comunicación a la Consejería de Educación y Ciencia, se podrá autorizar la anticipación de dichos Ciclos.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. La presente Orden anula la Orden anterior de fecha 21 de abril de 1997, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en 24 de mayo de 1997.

Séptimo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta

Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 27 de mayo de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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