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El Ilmo. Sr. Director General de Transportes, con fecha 3 de abril de 1998, ha resuelto otorgar definitivamente a Automóviles Mérida, S.L., la concesión de un servicio público regular permanente y de uso general de transporte de viajeros por carretera entre Villanueva del Trabuco y Antequera (VJA-
034), por sustitución de la concesión «Villanueva del Trabuco- Antequera¯ V-8JA-076 (EC-JA-009), con arreglo, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerario.
Villanueva del Trabuco y Antquera, con paradas en Villanueva del Trabuco, Villanueva del Rosario, Las Pedrizas y Antequera. Prohibiciones de tráfico:
«Entre Villanueva del Trabuco y empalme de Villanueva del Cauche, puntos intermedios y viceversa¯.
«Entre Empalme de Villanueva del Cauche y Antquera, puntos intermedios y viceversa¯.
II. Expediciones y calendario.
Las expediciones que con su respectivo calendario se detallan en la concesión.
III. Tarifa máxima ordinaria.
- Tarifa partícipe-empresa: 7,0299 ptas./viaj.-km.
- Exceso de equipajes y encargos: 1,0544 ptas./10 kg-km o fracción.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 25 de mayo de 1998.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.
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