Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 87 de 4/8/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 15 de junio de 1998, por la que se concede la autorización para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro privado Centro José María, de Sevilla.

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Visto el expediente instruido a instancia de don José María López Valladolid, como representante de la Entidad José María López Valladolid e Hijos, S.L., titular del Centro Docente Privado «Centro José María¯, sito en Sevilla, C/ Juan Núñez, núm. 1, solicitando autorización definitiva para impartir Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la impartición en doble turno de las enseñanzas de los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro Privado «José María¯, de Sevilla, y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional. Denominación específica: «Centro José María¯. Titular: «José María López Valladolid e Hijos, S.L¯. Domicilio: C/ Juan Núñez, núm. 1.

Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código del Centro: 41701523.

Enseñanzas que se autorizan. Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

a) Dos Ciclos de Técnico en Peluquería. Capacidad: 60 puestos escolares.

b) Dos Ciclos de Técnico en Estética Personal. Capacidad: 60 puestos escolares.

Segundo. El Centro no podrá sobrepasar en ninguno de los turnos la capacidad máxima fijada para el mismo, 4 Ciclos con una capacidad de 120 puestos escolares en horario simultáneo.

Tercero. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/92, de 9 de junio, y el Centro irá implantando progresivamente las enseñanzas autorizadas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Cuarto. De acuerdo con el artículo 11 del Real Decreto

986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva Ordenación del Sistema Educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, se establece, que en el año académico 2000/2001, se implantarán con carácter general las enseñanzas correspondientes a los Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio. No obstante, previa comunicación a la Consejería de Educación y Ciencia, se podrá autorizar la anticipación de dichos Ciclos.

Quinto. Antes del inicio de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio y Grado Superior, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Sexto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la Legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Séptimo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta

Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 15 de junio de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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