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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 2 de septiembre de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo número 1650/1995, promovido por Renfe, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Estimar el recurso interpuesto por la representación procesal de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles (Renfe), contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía, que confirmó, vía recurso ordinario, la dictada por su Delegación Provincial de Córdoba, ya referidas en el Fundamento de Derecho Primero de esta sentencia, que anulamos, y dejamos sin efecto la sanción que en la misma se le impone, por no ajustadas al Ordenamiento Jurídico. Sin costas.
Sevilla, 22 de diciembre de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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