Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 20/08/1998

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

DECRETO 161/1998, de 28 de julio, por el que se aprueba oferta de empleo público para el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía para 1998.

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La Disposición Transitoria Segunda de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, por la que se aprueban medidas en materia tributaria, presupuestaria, de empresas de la Junta de Andalucía y otras entidades, de recaudación, de contratación, de función pública y de fianzas de arrendamientos y suministros, establece el régimen de la oferta de empleo público durante 1998. Su apartado segundo prevé que el Consejo de Gobierno pueda autorizar, con carácter excepcional, la convocatoria de aquellas plazas que considere imprescindibles para el buen funcionamiento de la Administración Pública.

El incremento de asuntos que requieren el asesoramiento jurídico y la representación y defensa en juicio atribuidos al Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía desde la anterior oferta de empleo público, la correspondiente a 1996, hace insuficientes los actuales efectivos de personal del citado Cuerpo para atender los cometidos que legalmente corresponden al mismo.

Por tal razón, debe procederse a la cobertura del número suficiente de plazas de Letrados para garantizar el óptimo cumplimiento de las expresadas funciones.

En su virtud, conforme a lo previsto en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 8/1997, de 23 de diciembre, a propuesta del titular de la Consejería de Gobernación y Justicia, con el informe favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 28 de julio de 1998,

DISPONGO

Artículo 1. Aprobación y cuantía de la oferta. Se aprueba la oferta de empleo público para el Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía correspondiente a 1998, que estará constituida por un total de cinco plazas.

Artículo 2. Normativa aplicable.

Las pruebas selectivas derivadas de la presente oferta se ajustarán a lo dispuesto en el Decreto 67/1994, de 22 de marzo, por el que se regula el acceso al Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía, en el presente Decreto y en la correspondiente Orden de convocatoria.

Disposición final primera. Desarrollo.

Se autoriza al titular de la Consejería de Gobernación y Justicia a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

Disposición final segunda. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de julio de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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