Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 20/08/1998

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE MORALEDA DE ZAFAYONA

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Cumpliendo acuerdo adoptado por este Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria celebrada el día 3 de julio actual, se convoca concurso para cubrir el siguiente puesto de trabajo:

1. Objeto de la presente convocatoria.

Es objeto de la siguiente convocatoria la provisión, mediante concurso libre, de una plaza de personal laboral fijo con la denominación de vigilante de Escuelas vacante en la Plantilla de Personal Laboral de este Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 1998, aprobada por el Pleno Municipal en sesión del día 12 de junio de 1998, esta plaza tendrá las retribuciones, derechos y obligaciones que establece el convenio colectivo de este Ayuntamiento y demás legislación aplicable.

El contrato será laboral de carácter indefinido, estableciéndose en el mismo un período de prueba de 15 días, conforme establece el art. 14 del Estatuto de los Trabajadores de 24 de marzo de 1995. Transcurrido dicho plazo, la persona que supere este período de prueba adquirirá la condición de personal laboral indefinido de este Ayuntamiento.

2. Condiciones de los aspirantes.

Para tomar parte en el concurso será necesario:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos 18 años.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de la función.

d) No hallarse en causa de incapacidad o incompatibilidad señalada en la legislación vigente.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas ni encontrarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por Sentencia firme.

f) Estar en posesión de la titulación de Graduado Escolar o similar.

3. Instancia y documentos a presentar.

Las instancias solicitando tomar parte en este concurso podrán presentarse en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente a que aparezca publicado el extracto de esta convocatoria en el BOE, en el Registro de este Ayuntamiento, dirigida al Sr. Alcalde Presidente del mismo, pudiendo presentarse también en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e irán acompañadas de los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia de la titulación exigida.

c) Certificaciones acreditativas de los méritos que reúna el aspirante, referidos al punto 1 del apartado 6 de las presentes bases.

4. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde por Resolución, aprobará la relación de aspirante admitidos y excluidos, publicándose en el BOP y Tablón de Anuncios de este Ayuntamiento y concediéndose a los interesados conforme al art. 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, un plazo de 10 días para subsanación de defectos.

5. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará compuesto por las siguientes personas:

Presidente: Alcalde Presidente de la Corporación o quien le este sustituyendo en el momento.

Vocales: Los tres portavoces de los Grupos Municipales del PP, IU y PSOE de este Ayuntamiento.

El Director del Grupo Escolar Ruiz Carvajal o Profesor en quien él mismo delegue.

Este Tribunal tendrá la categoría segunda de las que señala el art. 33.1 del Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnización por razón del servicio.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de 3 de sus componentes.

Dicho Tribunal podrá ser recusado cuando exista causa legal para ello.

6. Procedimiento de selección.

El proceso de selección tendrá de dos fases:

1. Valoración de méritos con el siguiente baremo:

a) Por haber desempeñado servicios de vigilante de Escuelas en este u otros Ayuntamientos: 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 10 puntos.

b) Por haber mantenido relación laboral o funcionarial en la Administración Local: 0,30 puntos por mes hasta un máximo de 10 puntos.

c) Por asistencia a cursos de más de 40 horas organizado por este Ayuntamiento u otras Administraciones Públicas

relacionados con la vigilancia de Escuelas: 0,25 puntos por curso hasta un máximo de 5 puntos.

2. Entrevista personal.

Tendrá por objeto la valoración del candidato en cuanto a su aptitud para el desempeño de las tareas propias del puesto que se convoca, otorgándosele una puntuación entre 0 y 5 puntos.

La puntuación total de cada candidato será la que resulte de sumar la obtenida en los dos apartados anteriores y dividirla entre tres, y obtendrá el puesto la persona que obtenga mayor puntuación, no pudiendo superar el número de aspirantes al de plazas convocadas, que es una.

7. Relación de aprobados.

El aspirante propuesto aportará ante este Ayuntamiento, dentro de plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la relación de aprobados, la documentación acreditativa que se exige en la base segunda de esta convocatoria. Quienes tuvieren la condición de Funcionarios estarán exentos de presentar la documentación y requisitos ya exigidos para su anterior nombramiento.

8. Formalización del contrato.

Terminado el plazo de presentación de documentos a que se refiere la base anterior, el Sr. Alcalde formalizará el contrato con carácter indefinido.

9. La presente convocatoria y sus bases podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Procedimiento Administrativo.

10. El Tribunal está facultado para resolver las dudas que puedan presentarse, y para lo no previsto en las presentes bases regirá la Ley 7/85, de 2 de abril, el Real Decreto

781/86, de 18 de abril, el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones vigentes en la materia.

Moraleda de Zafayona, 1 de julio de 1998.- El Alcalde, Juan Francisco Coca González.

Descargar PDF