Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 14/09/1999

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 18 de agosto de 1999, de la Dirección General de Administración Local, por la que se deja sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de La Algaba (Sevilla), efectuada a favor de don Sebastián Ríder Pérez, Interventor del Ayuntamiento de Cantillana (Sevilla).

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Vista la petición formulada por la Presidencia del Ayuntamiento de La Algaba (Sevilla) por Resolución de fecha 28 de julio de 1999, por la que se solicita se deje sin efectos el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a favor de don Sebastián Ríder Pérez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Intervención- Tesorería, categoría de Entrada, mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 1 de septiembre de 1998, a instancia del propio interesado, de conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 37 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto: Dejar sin efecto la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Intervención del Ayuntamiento de La Algaba (Sevilla) a favor de don Sebastián Ríder Pérez, NRP 28674493/13/A3014, Interventor del Ayuntamiento de Cantillana (Sevilla).

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución sin perjuicio de plantear cuantos otros recursos se consideren oportunos.

Sevilla, 18 de agosto de 1999.- El Director General, P.S. (Orden 9-7-99), El Director General de Espectáculos Públicos, Juego y Actividades Recreativas, Rafael Martín de Agar Valverde.

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