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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la sentencia dictada con fecha 12 de julio de 1999, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso- administrativo núm. 4473/1995, promovido por Compañía Andaluza de Minas, S.A., sobre autorización, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Eduardo Alcalde Sánchez, en la representación acreditada de la Compañía Andaluza de Minas, S.A., contra la Resolución de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, de fecha 7 de agosto de 1995 (recurso 1213/94), que desestimó el recurso ordinario interpuesto por le entidad actora contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social, de fecha 12 de septiembre de 1994, dictada en el expediente 2/94, que había desestimado el expediente de modificación sustancial de condiciones de trabajo instado por aquélla, por aparecer tales actos administrativos conformes a derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 19 de octubre de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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