Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 25/11/1999

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE ALMERIA

RESOLUCION de 29 de septiembre de 1999, referente a la convocatoria de concurso-oposición para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico de Administración Especial, Rama Económica (Intervención), de la plantilla de funcionarios.

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1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la celebración de concurso-oposición para la provisión en propiedad de dos plazas de Técnico de Administración Especial (Intervención), de la plantilla de funcionarios de la Excma. Diputación Provincial, dotadas con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A y con las retribuciones complementarias que figuran en el Acuerdo económico, social y sindical de los funcionarios provinciales.

La Diputación podrá fijar el lugar de residencia en cualquier municipio de la provincia de Almería.

2. Condiciones generales de capacidad que habrán de reunir todos los aspirantes:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de aquella edad que, de acuerdo con sus antecedentes de cotización a la Seguridad Social, le permita alcanzar la jubilación en la misma al cumplir los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto, Ingeniero o Licenciado Universitario, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de admisión de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

3. Instancias y documentos a presentar.

Los aspirantes deberán presentar instancia en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el concurso-oposición y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la base segunda, adjuntando fotocopia de los documentos que acrediten que, efectivamente, cumplen estas condiciones, exceptuando las recogidas en los puntos d) y e), que habrán de acreditarse posteriormente.

Los documentos que han de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la base 2 (apartados a, b y c) son los siguientes:

1. Documento Nacional de Identidad o documento de identificación del país comunitario correspondiente.

2. En su caso, certificado de cotización a la Seguridad Social.

3. Título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición.

En la instancia deberá figurar un foto tipo carnet del aspirante.

A la instancia habrán de adjuntarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados. La documentación podrá presentarse en fotocopias simples. No serán tenidos en cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia del mismo presentado dentro del plazo de admisión de instancias.

Las personas con minusvalías, debidamente acreditadas por los órganos competentes de la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía, podrán solicitar en la instancia adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas. En este caso, los interesados deberán formular su petición, de forma concreta, en la solicitud de participación. A tal efecto, los Tribunales podrán requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral Sanitaria o de Servicios Sociales.

4. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentación se presentarán en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días

naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta a la Diputación de Almería, el particular deberá comunicar mediante fax o telegrama la presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en esta Diputación en el plazo máximo de diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.

De conformidad con lo establecido en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios por

participación en pruebas selectivas de acceso a puestos de trabajo, los aspirantes deberán abonar la cantidad de tres mil (3.000) pesetas, adquiriendo en Tesorería el correspondiente sello provincial, que deberá figurar adherido a la instancia solicitando participar en el concurso-oposición.

Terminado el plazo de admisión de instancias, en el plazo de un mes, como máximo, el Presidente de la Corporación dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y

excluidos, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el BOP, se indicará el lugar en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación del plazo de subsanación que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, se concede a los aspirantes excluidos y determinando lugar y fecha de comienzo de los ejercicios.

La publicación de dicha Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. Procedimiento de selección de los aspirantes.

Constará de dos fases:

A) Fase de concurso. El Tribunal valorará los méritos

alegados y justificados documentalmente por los aspirantes, con arreglo al siguiente baremo:

BAREMO DE MERITOS

1. Méritos profesionales.

1.A) Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,05 puntos.

1.B) Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en la Excma. Diputación de Almería, previa superación de pruebas selectivas, la valoración de cada mes se incrementará en: 0,030 puntos.

1.C) Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,02 puntos.

A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

2. Méritos académicos.

Las titulaciones que se valorarán en este apartado 2 serán, en todo caso, distintas a las que habilitan para participar en las pruebas selectivas.

2.A) Grado de Doctor en una materia propia de la titulación exigida para la plaza: 1,00 punto.

2.B) Otra licenciatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza: 1,00 punto.

2.C) Por estar en posesión del título de experto universitario en un área de conocimiento directamente relacionada con la plaza a la que se opta: 0,50 puntos.

2.D) Por estar en posesión de la suficiencia investigadora:

0,50 puntos.

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Haber participado o impartido actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública:

A) Por la participación como asistente: Por cada hora de duración: 0,005 puntos.

B) Por la participación como ponente o por impartir un curso: Por cada hora de duración: 0,010 puntos.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,005 puntos o 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberán especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

4. Superación de pruebas selectivas.

4.A) Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 1,00 punto por cada selección.

4.B) Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 0,50 puntos por cada selección.

Aplicación del concurso.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso (cuando el acceso sea por concurso-oposición) se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del baremo son las que a continuación se indican:

- Méritos académicos: 1,00 punto.

- Méritos profesionales:

En la Diputación Provincial de Almería: 5,50 puntos.

En la Administración Pública: 4,00 puntos.

En la empresa privada: 3,00 puntos.

(En todo caso, la puntuación máxima de méritos profesionales será de 5,50 puntos.)

- Cursos: 1,00 punto.

- Superación de pruebas: 1,50 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

1. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

1. Experiencia profesional.

1.A) La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará:

1.A.a) En el caso de servicios prestados por cuenta ajena, aportando los siguientes documentos:

1º Contrato de trabajo o certificación de la empresa

correspondiente al período que se alega.

2º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social.

1.A.b) En el caso de servicios prestados por cuenta propia, aportando los siguientes documentos:

1º Justificante de pago del Impuesto de Actividades

Económicas de cada uno de los años en que se haya estado en situación de alta en el mencionado impuesto.

2º Certificado de cotizaciones a la Seguridad Social, donde conste período y grupo de cotización, salvo aquellos colectivos profesionales que estén exentos de esta cotización, lo que deberá acreditarse de forma fehaciente.

1.B) La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se

justificará:

1.B.a) Aportando la documentación indicada en el apartado

1.A.a) o

1.B.b) Presentando certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan

desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

1.C) En los dos apartados del punto 1 del baremo, para

acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincidan la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las que el catálogo de puestos de esta Excma. Diputación Provincial asigna a la mencionada plaza o puesto.

2. Expediente académico.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 2 del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 3 del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:

- Denominación del curso, jornadas...

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso, habrá de tenerse en cuenta que sólo se

valorarán cursos, jornadas... relacionados con las funciones a desarrollar en esta Diputación en el puesto/plaza de que se trate.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada

institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

4. Superación de pruebas selectivas.

En los dos supuestos previstos en el punto 4 del baremo para justificar la superación de pruebas selectivas habrá de aportarse certificación en la que conste este extremo,

indicando asimismo:

- Procedimiento de selección: Oposición o concursooposición.

- Carácter temporal o permanente de la provisión.

- Publicidad: Fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación.

- Superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas.

Asimismo, habrá de acreditarse, mediante certificación, la superación de pruebas selectivas a los efectos establecidos en el apartado 1.B) del baremo.

B) Fase de oposición. La fase de oposición constará de tres ejercicios, que tendrán carácter obligatorio.

Primer ejercicio. Escrito: Consistirá en desarrollar, durante un máximo de tres horas y media, un epígrafe elegido por el Tribunal de un tema del Bloque I. Asimismo, los opositores habrán de desarrollar un tema del Bloque II y otro del Bloque III del programa que acompaña a la convocatoria.

Todos los temas serán extraídos al azar.

Este ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Segundo ejercicio. Escrito: Consistirá en desarrollar durante un máximo de tres horas, un tema del Bloque IV y otro del Bloque V, del programa que acompaña a la convocatoria. Todos los temas serán extraídos al azar.

Este ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Tercer ejercicio. Práctico: Consistirá en la realización de los trabajos o supuestos determinados por el Tribunal, que sean concernientes a las funciones de Técnico de Administración Rama Económica (Intervención) y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes, en el tiempo que fije el Tribunal.

Cuando las características del ejercicio lo permitan, será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

6. Calendario de las pruebas y orden de actuación.

La celebración del concurso-oposición no comenzará antes de la primera semana de octubre de 1999.

Según el sorteo público celebrado el día 13 de mayo de 1999, en el Palacio Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto por el art. 17 del Real Decreto 354/95, de 10 de marzo, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará por la letra «O¯ del primer apellido.

7. Formación y actuación del Tribunal Calificador.

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delege.

Vocales:

- Un representante del profesorado oficial.

- Un representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- El Director o Jefe del respectivo Servicio dentro de la especialidad o, en su defecto, un técnico o experto de la Diputación Provincial de Almería.

- Un representante de la Junta de Personal.

- Un técnico en la materia.

- Un técnico de Administración General o Licenciado en Derecho que actuará como Secretario.

Todos los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigencias para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran circunstancias de las previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en éstos concurran

circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o alguna de las pruebas, de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Podrá asistir un Diputado Provincial, como observador sin voto, designado por los grupos políticos de la oposición en esta Corporación.

Calificación de la fase de concurso.

El Tribunal estudiará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes admitidos, calificándolos con arreglo al Baremo que figura en la base quinta, pudiendo obtenerse con su aplicación un máximo de nueve (9) puntos.

Calificación de la fase de oposición.

Los miembros del Tribunal que juzgue el concurso-oposición puntuarán cada ejercicio de la fase de oposición con un máximo de diez puntos. La puntuación de cada aspirante en los

diferentes ejercicios será la media aritmética de las

calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose del cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas.

Todos los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio, siendo necesario para superar cada uno de ellos obtener un mínimo de cinco puntos.

Calificación final.

La suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la fase de oposición por quienes aprueben cada uno de ellos dará la calificación final.

En aplicación de lo establecido en el párrafo 5º del art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas respectivas un número superior de aspirantes al de las plazas convocadas. No obstante, el Tribunal, además de hacer pública la propuesta del aspirante aprobado, publicará, en su caso, la relación por orden de preferencia de los aspirantes que, aun no habiendo aprobado, se consideran capacitados para la prestación de servicios con carácter temporal, en puesto análogo, con sujeción a lo establecido en el Título III del Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Interna de la Excma. Diputación Provincial de Almería.

En caso de empate en la puntuación final, el Tribunal llevará a cabo el desempate de los aspirantes con la aplicación de los criterios que se relacionan, por orden de prelación:

1. Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Diputación Provincial de Almería.

2. Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la Administración Pública.

3. Mayor tiempo de servicios prestados en puesto similar en la empresa privada.

4. Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del Tribunal.

Contra la propuesta del Tribunal que culmine el procedimiento selectivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Presidente de la Diputación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de diez días durante los cuales se expondrá el anuncio con la propuesta del Tribunal en el tablón de edictos de la Excma. Diputación Provincial de Almería, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin

perjuicio de ejercitar cualquier otro que estime pertinente.

El Tribunal que juzgará el concurso-oposición objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la primera categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, revisado por Resolución de 22 de marzo de 1993.

En lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del concurso-oposición.

8. Presentación de documentación.

Los aspirantes aprobados deberán presentar en la Sección de Personal, Palacio Provincial, C/ Navarro Rodrigo, 17, en el plazo de 20 días naturales, contados desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, los siguientes documentos:

a) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio, expedido por el Servicio Médico de Empresa de esta Excma. Diputación Provincial.

Si se hubiera alegado la condición de minusválido para

solicitar la adaptación de tiempo y/o medios para realizar las pruebas selectivas, habrá de aportarse el certificado que acredite la condición de minusválido.

b) Título exigido o resguardo del pago de los derechos del mismo, pudiendo presentar fotocopia para su compulsa con el original.

c) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

d) Declaración jurada de no estar incurso en causa de

incapacidad de las contenidas en el art. 36 del Reglamento de Funcionarios de Administración Local.

e) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, y, en especial, a su art. 10, y en todas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.

f) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que se va a desempeñar en esta Diputación y/o solicitud, en su caso, de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se desarrollen al margen de la Diputación.

g) Documento Nacional de Identidad y fotocopia del mismo.

Asimismo, habrán de aportar los documentos originales de los méritos alegados y presentados mediante fotocopia simple junto a la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición objeto de la presente convocatoria.

Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya

acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependan, acreditando su condición y demás

circunstancias que consten en su expediente personal.

Quienes dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

9. Base final.

En lo no previsto en las bases anteriores, regirá el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Interna de la Excma. Diputación Provincial de Almería; la Ley

7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, así como el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto

364/95, de 10 de marzo, y demás disposiciones vigentes que le sean de aplicación.

Almería, 29 de septiembre de 1999.- El Delegado de

Organización, Ginés Martínez Balastegui.

P R O G R A M A

BLOQUE I

1. La Constitución española de 1978: Antecedentes y

significado jurídico. Características y estructura. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Garantías y suspensión de los derechos y libertades. El Defensor del Pueblo.

3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

4. La Administración Pública española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma.

Administración Local.

5. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.

6. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la

Administración, con especial referencia a la Administración Local.

7. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos.

8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

9. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

10. La responsabilidad de la Administración. Evolución

histórica. Régimen actual.

11. Régimen local español: Principios constitucionales. Regulación jurídica. Clases de Entidades Locales.

12. Organización municipal. Competencias municipales.

Organización provincial. Competencias provinciales.

13. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

14. El servicio público local: Concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

15. Los órganos colegiados locales: Convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y

certificados de acuerdos.

16. Personal al servicio de las Entidades Locales. Los

funcionarios públicos: Clases. Selección. Situaciones

administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: Tipología y selección.

17. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

Responsabilidad. Régimen disciplinario.

18. Los contratos administrativos: Concepto y clases.

Elementos.

19. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Tema 1. Las Entidades Locales. Clases. El municipio,

territorio y población. La participación vecinal.

Tema 2. Autoridades y órganos municipales. Organización y competencias.

Tema 3. La provincia en el régimen local español. Organización y competencias de la provincia.

Tema 4. Regímenes especiales municipales. Concejo abierto. Areas metropolitanas. Mancomunidades y agrupaciones de

municipios. La comarca en el derecho local español. Entidades Locales menores.

Tema 5. Teoría general de las competencias locales. La

articulación de las competencias de los Entes Públicos. Los conflictos de competencias y de atribuciones.

Tema 6. El patrimonio de la Entidades Locales. Bienes de uso público y servicio público. Los bienes comunales.

Tema 7. Los bienes patrimoniales de las Entidades Locales. Régimen jurídico. Adquisición, uso y enajenación de los bienes patrimoniales. El inventario de bienes.

Tema 8. La adquisición de los bienes en la Administración Local. La expropiación forzosa. Naturaleza. El justiprecio. La ocupación de los bienes expropiados.

Tema 9. Las formas de actividad de las Entidades Locales. Los planes provinciales de obras y servicios. La Intervención administrativa en la actividad privada.

Tema 10. Las licencias. Naturaleza jurídica. Régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento. El condicionamiento de las licencias.

Tema 11. El servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos.

Tema 12. La concesión. Concepto, naturaleza y clases.

Potestades de la Administración. Derechos y obligaciones del concesionario. Extinción de la concesión.

Tema 13. El arrendamiento. El concierto. La empresa mixta y la gestión interesada.

Tema 14. Las empresas municipales. Los consorcios.

Tema 15. El acto administrativo local. Impugnación de los actos locales por parte de la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas. Ejecutividad de los actos

administrativos. El desahucio administrativo.

Tema 16. La revisión de los actos administrativos locales. La revisión de oficio. Recursos administrativos.

Tema 17. La jurisdicción contencioso-administrativa. Organos. El procedimiento. La sentencia y su ejecución. Recursos contra la sentencia.

Tema 18. La responsabilidad de la Administración Pública Local. La acción de responsabilidad. La responsabilidad por actos administrativos.

BLOQUE III

Tema 1. Actividad financiera y actividad económica. Orígenes y desarrollo de la Hacienda Pública. La fundamentación teórica de la Hacienda Pública.

Tema 2. El presupuesto. Concepto, naturaleza y clases. Los principios presupuestarios. La concepción clásica del

presupuesto.

Tema 3. El objetivo de eficacia y el Presupuesto. La

clasificación funcional y el presupuesto de ejecución. El Presupuesto por programas. Análisis especial del RPBS. El Presuguesto Base 0.

Tema 4. La Ley General Presupuestaria. Objetivos y principios. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

Tema. 5. Los Presupuestos Generales del Estado en España. Procedimiento de elaboración y aprobación. El Presupuesto de los Organismos Autónomos de carácter administrativo.

Tema 6. El gasto público. Concepto y clases. El crecimiento del gasto público. Política social y gasto público.

Tema 7. Los ingresos públicos. Concepto y clases. Análisis de los precios públicos. Tasas y precios públicos. Las

contribuciones especiales. Los impuestos.

Tema 8. Principios de la imposición. Los principios del beneficio, capacidad de pago y equidad. La suficiencia, flexibilidad y neutralidad de los impuestos. Efectos de la imposición, traslación e incidencia.

Tema 9. El ordenamiento tributario español. Principios

constitucionales. El nuevo sistema constitucional de fuentes del derecho y su repercusión en el ámbito financiero.

Aplicación de las normas tributarias.

Tema 10. La relación jurídica-tributaria. Concepto, naturaleza y elementos. El hecho imponible. El sujeto pasivo. Los

responsables del tributo. La capacidad de obrar en el derecho tributario. El domicilio fiscal.

Tema 11. La base imponible. Estimación directa e indirecta. Estimación objetiva singular. La comprobación de valores. La base liquidable. El tipo de gravamen. La deuda tributaria.

Tema 12. La gestión tributaria. Organos administrativos. El procedimiento de gestión tributaria. Las liquidaciones

tributarias y autoliquidaciones. La consulta. Extinción de la deuda tributaria. Las garantías.

Tema 13. Infracciones tributarias. Concepto, naturaleza y clases. Sanciones tributarias y su condonación. El delito fiscal.

Tema 14. La recaudación de tributos. Organos recaudadores. El procedimiento de recaudación en período voluntario. Ingreso directo por recibo o por patente. Aplazamiento y

fraccionamiento de pago de las deudas tributarias.

Tema 15. Procedimiento de recaudación en vía de apremio. Competencia y procedimiento. La providencia de apremio. Los ingresos por el procedimiento de apremio. Especial referencia al embargo de bienes. La suspensión del procedimiento de apremio.

Tema 16. El sistema tributario español vigente. Principios, estructuras y evolución del sistema tributario español.

Tema 17. La Imposición directa. El Impuesto general sobre la renta de las personas físicas y sociedades. La Imposición sobre el patrimonio. El Impuesto de sucesiones.

Tema 18. La Imposición Indirecta. El Impuesto sobre el valor añadido. Otros Impuestos Indirectos.

BLOQUE IV

Tema 1. Los sistemas económicos. El sistema de economía de mercado. El sistema de economía de dirección centralizada. Sistemas mixtos.

Tema 2. Teoría del consumo. La unidad económica de consumo y las necesidades humanas. La utilidad y sus leyes. El equilibrio del consumidor.

Tema 3. Teoría de la demanda: Efecto renta y efecto

sustitución. Las curvas de la demanda. Elasticidad de la demanda. El excedente del consumidor. Modernas teorías.

Tema 4. Teoría de la producción. La función de producción macroeconómica. El equilibrio de la producción.

Tema 5. La teoría de los costes y rendimientos. Dimensión óptima de la empresa a corto y largo plazo. Las economías de escala. El equilibrio de la empresa e industria. La oferta a corto y largo plazo.

Tema 6. El mercado de bienes de consumo. Clases. Formación de los precios. Intervención y regulación de los mercados. El mercado de factores de producción. La formación de los precios de los factores.

Tema 7. La teoría de la renta de la tierra. El trabajo como factor de la producción en oferta y demanda. El capital como factor de producción. El tipo de interés. El beneficio.

Tema 8. Magnitudes macroeconómicas. Problemas de valoración y agregación, producto, renta y gasto nacional. La contabilidad nacional.

Tema 9. La demanda global. Ahorro, consumo e inversión. El efecto multiplicador de la inversión. El acelerador de la inversión.

Tema 10. Estructura del sistema financiero. Sistemas

monetarios. La oferta monetaria. El Banco Central. Los bancos comerciales e industriales.

Tema 11. La estructura económica de España. La población. La renta nacional. Los sectores primarios, secundarios y

terciarios. El sector exterior. El sector público.

Tema 12. Estructura económica internacional. El comercio internacional. El Sistema Monetario Internacional. Los procesos de Integración económica, especial referencia a la CEE.

Tema 13. Las sociedades mercantiles. Concepto y clases. Disolución y liquidación de sociedades. El registro mercantil.

Tema 14. La sociedad anónima. Su régimen jurídico. Estructura social y estatutos. Organos sociales. Los socios. Patrimonio y capital social. Acciones, clases. Aumento y reducción de capital. Emisión de obligaciones.

Tema 15. Las obligaciones mercantiles. Contratos mercantiles. Contrato de cuenta corriente. Compra-venta mercantil. El leasing. El contrato de comisión.

Tema 16. La contabilidad como ciencia. El concepto de

patrimonio y los equilibrios patrimoniales. La cuenta, concepto y clases. El Plan General de Contabilidad.

Tema 17. Contabilidad financiera. El balance de situación. El resultado del ejercicio. Periodificaciones. Amortizaciones y provisiones.

Tema 18. Flujos reales y flujos financieros. Estados económico- financieros. El Estado de origen y aplicación de fondos. El Cash Flow.

Tema 19. La auditoría. Principios básicos. Tipos de auditoría. La auditoría operativa. La auditoría en el sector público.

Tema 20. La contabilidad del sector público. Principios básicos. Contabilidad pública y contabilidad nacional. El Plan General de Contabilidad pública.

BLOQUE V

Tema 1. Las Haciendas Locales en España. Principios

constitucionales. El principio de reserva de Ley en materia tributaria. La coordinación de la Hacienda Estatal, Autonómica y Local. Delimitación de competencias.

Tema 2. Los recursos de las Haciendas Locales. Recursos propios. Participaciones en ingresos. Otros recursos.

Prerrogativas de las Haciendas Locales, competencia en materia de gestión tributaria.

Tema 3. El principio de suficiencia de las Haciendas Locales. La potestad tributaria de los Entes Locales. La imposición y la ordenación de tributos. Las ordenanzas fiscales.

Tema 4. Las tasas. Concepto y clases. Régimen jurídico. Los precios públicos. Las contribuciones especiales. Régimen jurídico.

Tema 5. Los impuestos locales. Imposición obligatoria e imposición potestativa. El Impuesto sobre bienes inmuebles.

Tema 6. El Impuesto sobre actividades económicas. El Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica. Otros Impuestos

municipales.

Tema 7. La participación en Impuestos del Estado. Las

subvenciones. Su justificación.

Tema 8. Los recursos de la hacienda provincial. Recursos de otras Entidades Locales. Regímenes especiales.

Tema 9. El crédito local. Formas de créditos. Tramitación. Especial referencia a las operaciones de Tesorería.

Tema 10. Los Presupuestos de las Entidades Locales. Principios de presupuesto local. El presupuesto general, elementos integrantes y anexos. La consolidación del presupuesto.

Tema 11. Formación y aprobación de los presupuestos. Estado de Gastos y Estado de Ingresos. Procedimiento de aprobación. Reclamaciones a los presupuestos. Prórroga de los presupuestos. Las bases de ejecución del Presupuesto.

Tema 12. La estructura presupuestaria. Clasificación de los gastos, clasificación de los ingresos. La vinculación de los créditos.

Tema 13. Las modificaciones presupuestarias. Financiación de las modificaciones de crédito.

Tema 14. La liquidación del Presupuesto. El resultado

presupuestario. Los remanentes de crédito. El remanente de Tesorería.

Tema 15. Los presupuestos de los organismos autónomos. Especial referencia a los organismos autónomos. Especial referencia a los organismos autónomos comerciales, industriales y

financieros. Los Estados de ejecución de las sociedades mercantiles.

Tema 16. La ordenación de gastos y pagos. Pagos a justificar y anticipos de caja fija.

Tema 17. La Tesorería, carácter y funciones. El manejo y custodia de fondos y valores. La disposición de fondos. La gestión recaudatoria.

Tema 18. El Plan Nacional de Contabilidad Pública del subsector local. La instrucción de contabilidad para la Administración Local, ámbito de aplicación, competencias y fines. Principios del Plan de Contabilidad.

Tema 19. Documentos contables. Libros de contabilidad. La contabilidad principal. La contabilidad auxiliar.

Tema 20. La contabilidad del Presupuesto de gastos. Agrupación de presupuesto corriente. Agrupación de presupuestos cerrados. Gastos plurianuales.

Tema 21. Contabilidad del Presupuesto de ingresos. Agrupación de presupuesto corriente. Agrupación de presupuestos cerrados. Los compromisos para ejercicios futuros. Operaciones de regularización.

Tema 22. La contabilidad del Inmovilizado. La contabilidad de las operaciones de crédito.

Tema 23. La contabilidad de operaciones no presupuestarias de Tesorería. El Impuesto sobre el valor añadido. El control de agentes recaudadores.

Tema 24. Operaciones a fin de ejercicio. Ajuste por

periodificación. Operaciones de regularización y cierre. El resultado presupuestario. El remanente de Tesorería.

Tema 25. Otras estructuras del sistema contable. Proyectos de gasto y gastos con financiación afectada. La administración de recursos de otros entes.

Tema 26. Contabilidad de las operaciones comerciales. Normas generales. Especialidad de las operaciones. El resultado de las operaciones comerciales.

Tema 27. La cuenta general de las Entidades Locales. Concepto. Tramitación.

Tema 28. El control interno en la Administración Local. Organos de control interno. Función interventora. Función de control financiero.

Tema 29. El control externo en la Administración Local. El Tribunal de Cuentas del Reino. La Cámara de Cuentas de

Andalucía.