Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 16/12/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 22 de noviembre de 1999, de la Dirección General de Administración Local, por la que se crea un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con la denominación de Viceintervención, en el Ayuntamiento de Estepa (Sevilla) y se procede a su clasificación.

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Estepa, perteneciente a la provincia de Sevilla, en sesión celebrada el día 5 de noviembre de 1999, relativa a la creación de un puesto de colaboración inmediata, de conformidad con lo establecido en los artículos 165.1 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y en el Decreto 467/1994,de 13 de diciembre, por el que se asigna a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley

22/1993, de 29de diciembre, y Tercera del Real Decreto

1732/1994, de 29de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Esta Dirección General ha resuelto:

Artículo único. 1. Crear en el Ayuntamiento de Estepa, perteneciente a la provincia de Sevilla, un puesto de colaboración, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con la denominación de Viceintervención.

2. Clasificar el mencionado puesto como Secretaría de clase tercera.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de noviembre de 1999.- El Director General, Jesús Mª Rodríguez Román.

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