Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 30/12/1999

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 9 de diciembre de 1999, por la que se convocan pruebas selectivas libres para el ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General, de esta Institución.

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El Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Comisión de Gobierno el día 9 de diciembre de 1999, en uso de las competencias que le están atribuidas en el art. 52, apartado e), del Reglamento de Funcionamiento y Organización de esta Institución, ha resuelto convocar pruebas selectivas libres para ingreso en el Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de acuerdo con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas libres para cubrir una plaza del Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General, de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de Ordenación dela Cámara de Cuentas de Andalucía, así como la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y la Ley 8/1997, de 23 de diciembre.

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en la base sexta y Anexos correspondientes.

1.4. El temario sobre el que versarán las pruebas figura en el Anexo IV.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para tomar parte en el concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2-1-1. Ser español.

2.1.2. Tener cumplidos los 18 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.

2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos en el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. La solicitud, cuyo modelo se reproduce en el Anexo I de esta convocatoria (podrá ser fotocopiada por los aspirantes para su presentación), será facilitada en el Registro General de la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal, núm.

35, de Sevilla.

3.2. A la solicitud se acompañará:

3-2-1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de

Identidad.

3.2.2. Copia autenticada o fotocopia compulsada del título exigido para tomar parte en esta convocatoria o documento suficiente que justifique el pago de los derechos

correspondientes.

3.2.3. Relación de méritos alegados, así como la documentación compulsada acreditativa de los mismos.

Los méritos se especificarán en el modelo del Anexo II de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental)del Anexo III de la presente convocatoria.

3.3. Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los 20 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

3.5. El plazo para la presentación de solicitudes será

improrrogable.

3.6. Las solicitudes no darán lugar al pago de derechos de examen.

3.7. Todas las fases de las pruebas selectivas se celebrarán en la ciudad de Sevilla.

3.8. Las personas con minusvalía que lo deseen deberán reseñar en el mismo apartado 4 de la solicitud las adaptaciones que soliciten, al objeto de establecer las medidas necesarias de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas.

3.9. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la misma se considerará el único válido a efectos de

notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la cumplimentación del mismo como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía dictará Resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Dicha Resolución se publicará en el BOJA, indicando en la misma los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, en las que constarán el nombre y apellidos del candidato, número de su DNI y, en su caso, la causa de

exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la

publicación de la Resolución, para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.

4.3. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4.4. Concluido dicho plazo, y una vez resueltas las posibles reclamaciones existentes, el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas dictará Resolución declarando aprobada la lista definitiva de admitidos y excluidos. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concurso-oposición es la que figura en el Anexo V de la presente convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas, cuando concurran en ellos las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la norma citada en el párrafo anterior.

5.3. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.4. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

5.5. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización, valoración de las pruebas y para la publicación de sus

resultados.

5.7. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal sin apelación alguna.

A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Avda. Ramón y Cajal, núm. 35, Sevilla, teléfono 95/493.75.50.

5.8. Por Resolución del Excmo. Sr. Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía se procederá al nombramiento de los funcionarios que deban colaborar temporalmente en el desarrollo del proceso selectivo, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa que le atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

6. Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. La fase de concurso, que tendrá carácter eliminatorio, consistirá en la valoración de los méritos que se relacionan en el baremo que se establece en el Anexo III, sin que la

puntuación máxima a obtener pueda superar los 12,5 puntos. Para acceder a la fase de oposición será necesario obtener en dicha fase de concurso una puntuación mínima de 4 puntos. Los méritos alegados y acreditados deberán referirse a la fecha de

finalización del plazo de presentación de instancias.

6.2. La fase de oposición no comenzará antes del 1 de julio de

2000; el lugar, la fecha y la hora de celebración del primer ejercicio se publicarán en el BOJA con una antelación mínima de quince días.

6.3. Las citaciones para los siguientes ejercicios se harán públicas en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas y, en su caso, en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con una antelación mínima de setenta y dos horas.

6.4. El orden de actuación de los aspirantes se iniciará, por orden alfabético del primer apellido por los que empiecen por la letra X, conforme al sorteo realizado a estos efectos por la Secretaría General para la Administración Pública.

6.5. Los aspirantes serán requeridos para el desarrollo de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, que resolverá lo que estime más procedente.

6.6. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, pudiendo excluir a quienes no lo hagan. Igualmente, si en cualquier momento del proceso el Tribunal tuviera constancia del incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para participaren la presente convocatoria por parte de algún aspirante, procederá a su exclusión, comunicándolo el mismo día a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas y, si hubiera advertido falsedad en la declaración o documentación del interesado, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

6.7. Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un

cuestionario de preguntas de respuestas alternativas sobre las materias que componen el temario comprendido en el Anexo IV. Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un máximo de 90 minutos. La valoración máxima de este ejercicio será de 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 5 puntos.

6.8. Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico, a elegir de entre dos propuestos por el Tribunal, adecuado a las funciones propias del Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General, sobre el que se formularán cuestiones concretas. Las materias sobre las que versará este ejercicio serán las enumeradas en el Anexo IV. El tiempo para la realización de este ejercicio será de dos horas y treinta minutos. La valoración máxima de este ejercicio será de 10 puntos, siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 5 puntos.

6.9. Superación de las pruebas selectivas.

Superarán las pruebas selectivas y, en consecuencia, serán propuestos por el Tribunal para ingresar en el Cuerpo de Titulados Medios, opción Admón. Gral., los aspirantes que mayor puntuación total hayan alcanzado, una vez sumadas las obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición y la obtenida en la fase de concurso.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación de los ejercicios por orden inverso al de su celebración y, en caso de persistir, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

6.10. Finalizado el proceso de selección, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, la relación de los candidatos que hubiesen superado el concurso-oposición, por orden de puntuación total obtenido, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios. Dicha relación será elevada al Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas por el Tribunal calificador, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera de dicha

Institución.

7. Presentación de documentos.

7.1. Toda documentación que no haya sido aportada por los aspirantes al presentar la solicitud deberá ser entregada en el plazo de veinte días naturales, a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior. En concreto, deberán remitir:

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el servicio.

Los aspirantes que tengan la condición de minusválidos, cualquiera que sea su grado de minusvalía, deberán presentar certificado de los órganos competentes del Instituto Andaluz de Servicios Sociales u organismos similares de otras

Administraciones Públicas, que acredite tal condición,

especifique el grado de minusvalía que padece y su capacidad para desempeñar las tareas que correspondan a las plazas de esta convocatoria.

Los aspirantes que tuvieran la condición de funcionarios estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos, siempre que hubiesen sido inscritos o anotados en el correspondiente Registro de Personal.

7.2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo caso de fuerza mayor no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8. Nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Titulados Medios, opción Admón. Gral., por el Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía. Los nombramientos se publicarán en el BOJA.

8.2. La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de la publicación del nombramiento en el BOJA, debiendo, asimismo, prestar juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

8.3. Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la superación del concurso-oposición quien no tome posesión en el plazo señalado.

9. Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ésta y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

VEANSE ANEXOS I Y II EN EDICION IMPRESA DEL BOJA

ANEXO III

BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO

A) Valoración de méritos.

1. Experiencia profesional:

1.1. Por cada período completo de seis meses de experiencia en puestos de trabajo incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo de la Cámara de Cuentas de Andalucía, haciendo las funciones propias del Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General: 0,95 puntos.

1.2. Por cada período completo de seis meses de experiencia como funcionario de carrera en puestos de trabajo de otras Administraciones Públicas, en cometidos análogos a los del Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General: 0,60 puntos.

1.3. Por cada período completo de seis meses de experiencia profesional distinta de la contemplada en los dos apartados anteriores en actividades o puestos de trabajo de cometidos análogos a los del Cuerpo de Titulados Medios, opción

Administración General: 0,50 puntos.

Se valorarán como máximo los últimos cinco años de

experiencia profesional de la recogida en el conjunto de los tres apartados precedentes.

2. Cursos de formación y perfeccionamiento profesional. Se valorará con 0,20 puntos, hasta un máximo de 3 puntos, cada curso de duración igual o superior a 20 horas realizados u homologados por entidades, instituciones o Centros públicos, cuyo contenido guarde relación directa con las tareas propias del conjunto de puestos de trabajo que pueden ser desempeñados por los funcionarios de carrera de los cuerpos y especialidades a que se opta.

El cálculo de la puntuación se realizará acumulando las horas de todos los cursos que igualen o superen en duración a las 20 horas, dividiendo el total entre 20. El cociente resultante se multiplicará por 0,2. El resto se desechará.

3. Titulaciones académicas.

Un punto, hasta un máximo de dos puntos, por cada titulación académica oficial, distinta a la alegada como requisito, de igual o superior nivel al correspondiente del cuerpo y

especialidad a la que se opta y siempre que guarden relación con el conjunto de puestos de trabajo desempeñados por los funcionarios de carrera de los mismos.

B) Acreditación documental.

1. La experiencia profesional se acreditará del siguiente modo:

1.1. La experiencia en órganos de las Administraciones

Públicas se acreditará mediante certificación original, o copia compulsada, expedida por el Secretario General o autoridad responsable de la gestión de personal del organismo de que se trate, con expresa mención a los extremos especificados a efectos de valoración.

1.2. La experiencia en empresas privadas se acreditará mediante certificado del cargo directivo competente, acompañado de copia compulsada del contrato de trabajo y documento acreditativo de cotización a la Seguridad Social en los que conste especificado el período de tiempo alegado a efectos de valoración de la experiencia y la categoría desempeñada.

No se computarán los servicios que hayan sido prestados simultáneamente a otros igualmente alegados. En todo caso, en la documentación aportada deberá constatarse que la experiencia alegada se refiere a cometidos análogos a los del Cuerpo de Titulados Medios, opción Administración General.

2. Los cursos de formación y perfeccionamiento profesional se acreditarán mediante copia compulsada del título, diploma o certificado que acredite la realización del curso o actividad correspondiente, realizados u homologados por entidades, instituciones o Centros públicos, debiendo figurar su duración en horas.

3. Las titulaciones académicas se acreditarán mediante copia compulsada del título o del documento acreditativo de tenerlo solicitado y haber abonado los derechos preceptivos.

ANEXO IV

Tema 1. Las Comunidades Europeas. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. El tratado de la Unión Europea.

Tema 2. El Tratado de adhesión de España a la Comunidad Económica Europea. El programa de convergencia de España con la Unión Europea.

Tema 3. La Constitución española de 1978: Antecedentes. Proceso de elaboración. La Reforma constitucional. La defensa de la Constitución.

Tema 4. Valores superiores y principios inspiradores de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales y las libertades públicas en España.

Tema 5. El Estado español en la Constitución: Estado de derecho, democrático y social. Modelo económico constitucional.

Tema 6. Los poderes del Estado en la Constitución. La Corona. Las Cortes Generales. El Poder Judicial. El Gobierno del Estado. La Administración General del Estado. El Tribunal Constitucional.

Tema 7. Las Comunidades Autónomas: Fundamento constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas. La organización de las Comunidades Autónomas.

Tema 8. La representación política en España: Los partidos políticos. El sistema electoral español. Organización del sufragio y procedimiento electoral.

Tema 9. La Comunidad Autónoma de Andalucía: Antecedentes histórico-culturales. El Estatuto de Autonomía de Andalucía: Proceso de elaboración, fundamento, estructura y contenido básico. Competencias de la Comunidad Autónoma. Reforma del Estatuto.

Tema 10. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (I): El sistema electoral de Andalucía. El Parlamento de Andalucía. Composición, atribuciones y funcionamiento. La Administración de Justicia de Andalucía: El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. El Defensor del Pueblo.

Tema 11. Organización Institucional de la Comunidad Autónoma de Andalucía (II): El Presidente de la Junta de Andalucía. Los Vicepresidentes. El Consejo de Gobierno. Las Comisiones Delegadas y de Viceconsejeros. El Consejo Consultivo de Andalucía.

Tema 12. La Administración de la Comunidad Autónoma de

Andalucía. Principios informadores y organización general. Los Consejeros, Viceconsejeros, Directores Generales, Secretarios Generales Técnicos y órganos análogos.

Tema 13. El control interno: Definición, clasificación y alcance. Controles internos contables: Clases y objetivos.

Tema 14. El control externo: Organización del Tribunal de Cuentas. Función Fiscalizadora. Reglamento de funcionamiento.

Tema 15. La Cámara de Cuentas de Andalucía (I): Organización y funcionamiento. Competencias, funciones, composición y

atribuciones. Miembros de la Cámara y personal a su servicio.

Tema 16. La Cámara de Cuentas de Andalucía (II): Informe anual. Informes especiales. Relación entre la Cámara de Cuentas y el Parlamento de Andalucía.

Tema 17. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho: El principio de legalidad y sus manifestaciones. Las potestades

administrativas.

Tema 18. El Derecho Administrativo: Concepto y contenido. Sometimiento de la Administración Pública al Derecho privado.

Tema 19. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clasificación. Jerarquía normativa. Fuentes subsidiarias e indirectas del Derecho Administrativo.

Tema 20. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos: La motivación, la notificación y la publicación.

Tema 21. El procedimiento Administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tema 22. Los recursos administrativos: Concepto, clases y principios generales de su regulación. Actos que agotan la vía administrativa. Los recursos de alzada, reposición y revisión.

Tema 23. La Hacienda Pública y la Constitución. La Ley General Presupuestaria. El Presupuesto y los principios

presupuestarios.

Tema 24. El presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Concepto y estructura. Los criterios de clasificación de los créditos presupuestarios. El ciclo presupuestario.

Tema 25. Modificaciones presupuestarias. Concepto, clases y normativa aplicable.

Tema 26. La Ejecución del presupuesto de gasto de la Comunidad Andaluza: El procedimiento general, fases, órganos competentes y documentos contables. Los gastos plurianuales, expedientes de tramitación anticipada y convalidación del gasto.

Tema 27. El cierre del ejercicio. Los gastos en materia de personal, de contratos y de subvenciones. Los pagos: Conceptos y clasificación. El anticipo de caja fija.

Tema 28. El control de la actividad financiera de la Comunidad Autónoma Andaluza: Concepto y clases. El control interno: La función interventora. La Intervención General de la Junta de Andalucía.

Tema 29. La Contabilidad Pública de la Comunidad Andaluza: Principios básicos y órganos competentes. La Cuenta General de la Junta de Andalucía. El sistema integrado de Gestión

Presupuestaria, Contable y Financiera de la Juntade Andalucía.

Tema 30. Los contratos de la Administración. Contratos

administrativos y otros contratos de la Administración. Organos competentes para su celebración. Incapacidades y prohibiciones. Invalidez de los contratos.

Tema 31. Actuaciones administrativas preparatorias delos contratos administrativos. Procedimiento y forma de

adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 32. Régimen Jurídico de los contratos administrativos típicos. El contrato de obras y el de gestión de servicios públicos.

Tema 33. Régimen Jurídico del contrato de suministros.

Actuaciones preparatorias y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción. Los contratos de Consultoría y asistencia de servicios y de trabajos específicos y concretos no habituales de la Administración.

Tema 34. Régimen Jurídico de los contratos de Consultoría y Asistencia, de los de servicios y de los trabajos específicos no habituales. Actuaciones preparatorias y formas de

adjudicación. Ejecución, modificación y extinción.

Tema 35. La Seguridad Social: Concepto y fines. Campo de aplicación y estructura del sistema español. La gestión de la Seguridad Social: Entidades gestoras, servicios comunes y entidades colaboradoras.

Tema 36. Régimen General de la Seguridad Social. Inscripción de empresas. Afiliación de trabajadores: Altas, bajas, forma de practicarse y plazos. Cotización: Bases y tipos.

Tema 37. Recaudación: Aplazamiento y fraccionamiento de pago, recaudación en período voluntario y en vía ejecutiva.

Tema 38. Régimen General de la Seguridad Social: Acción protectora: Contingencias protegibles y régimen general de las prestaciones. Incapacidad temporal: Prestación económica, nacimiento, duración, extinción y pérdida o suspensión del derecho al subsidio.

Tema 39. Régimen General de la Seguridad Social: Maternidad: Prestación económica, pérdida o suspensión del derecho al subsidio. Invalidez: Clases y prestaciones. Jubilación. Muerte y supervivencia.

Tema 40. Régimen Jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Régimen estatutario. La Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública: Estructura y contenido general. Preceptos básicos. Competencias de las Comunidades Autónomas.

Tema 41. La Ley 6/85, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía: Estructura y contenido. Organos superiores de la Función Pública de la Junta de Andalucía. El Registro General de personal: Regulación, funciones. Los asientos registrales.

Tema 42. La relación de puestos de trabajo. Los planes de empleo. La oferta de empleo público. La selección de personal funcionario. Procedimiento de selección.

Tema 43. Las situaciones administrativas: Concepto y evolución. Análisis de las situaciones administrativas en el marco jurídico de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y normativa

posterior.

Tema 44. Derechos y deberes de los funcionarios. Sindicación y huelga. Representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación.

Tema 45. Régimen de incompatibilidades. Responsabilidad de los funcionarios. Régimen disciplinario. Delitos de los

funcionarios en el ejercicio de su cargo.

ANEXO V

TRIBUNAL CALIFICADOR

Miembros titulares:

Presidente: Excmo. Sr. don Rafael Navas Vázquez (Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Vocales:

Don David Martínez Ruiz (Técnico de Administración General de Admón. Local).

Don Ramón Zamora Guzmán (Cuerpo Superior de Administradores de la Seguridad Social).

Don José Manuel López Gómez (Escala Técnica de Gestión de la Universidad de Sevilla).

Secretario: Ilmo. Sr. don Pedro Bisbal Aróztegui (Secretario General de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Miembros suplentes:

Presidente: Ilmo. Sr. don Fco. Javier Romero Alvarez

(Consejero de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Vocales:

Doña Ana María Alvarez Fernández (Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado).

Doña Pilar Alba Tercedor (Cuerpo Superior de Administradores Grales. de la Junta de Andalucía).

Don Emilio Campos Romero (Cuerpo Superior de Administradores Grales. de la Junta de Andalucía).

Secretaria: Doña Margarita Regli Crivell (Letrada de la Cámara de Cuentas de Andalucía).

Sevilla, 9 de diciembre de 1999.- El Consejero Navas Vázquez.

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