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El Ilmo. Sr. Director General de Transportes, con fecha 25 de noviembre de 1998, ha resuelto otorgar definitivamente a Nidibus, S.L., la concesión de un servicio público regular permanente y de uso general de transporte de viajeros por carretera entre Villanueva de Mesía y Loja con hijuela a Salar y prolongación a Moraleda de Zafayona (VJA-087), por sustitución y unificación de las concesiones V-1446:JA-133 y V-
2826:JA-277 (EC-JA-107/113), con arreglo, entre otras, a las siguientes condiciones particulares:
I. Itinerario: Moraleda de Zafayona-Loja, con paradas en Moraleda de Zafayona, Villanueva de Mesía, Huétor Tájar, Venta Nueva, Salar y Loja.
Prohibiciones de tráfico: De Salar para Venta Nueva, Huétor Tájar y Villanueva de Mesía y viceversa.
II. Expediciones y calendario: Las expediciones que con su respectivo calendario se detallan en la concesión.
III. Tarifa máxima ordinaria:
- Tarifa partícipe-empresa: 7,1747 ptas./viaj.-km.
- Exceso de equipajes y encargos: 1,0762 ptas./10 Kg-km o fracción.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transporte en el plazo de un mes, contado a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114.2 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 26 de noviembre de 1998.- El Director General, Miguel Durbán Sánchez.
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