Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 02/03/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 19 de enero de 1999, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al centro privado San Francisco de Paula, de Sevilla.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Luis Rey Romero, como representante de la entidad «Colegio de San Francisco de Paula, S.L.¯, titular del centro docente privado «San Francisco de Paula¯, sito en Sevilla, C/ Sor Angela de la Cruz, núm. 11, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dicho Centro con 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «San Francisco de Paula¯ de Sevilla tiene autorización definitiva de dos centros del mismo Titular, uno de Educación Primaria/Educación General Básica de

24 unidades y 960 puestos escolares y otro centro homologado de Bachillerato Unificado y Polivalente de 17 unidades y 680 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Sevilla, como se contempla en el art. 9, punto 2º, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Secundaria «San Francisco de Paula¯ de Sevilla y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros que se describen a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Infantil. Denominación específica: «San Francisco de Paula¯. Titular: Colegio de San Francisco de Paula, S.L. Domicilio: Calle Sor Angela de la Cruz, núm. 11. Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código del centro: 41005166.

Enseñanzas a impartir: Educación Infantil Segundo Ciclo. Capacidad: 4 unidades y 100 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: «San Francisco de Paula¯. Titular: Colegio de San Francisco de Paula, S.L. Domicilio: Calle Sor Angela de la Cruz, núm. 11. Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código del Centro: 41005166.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria. Capacidad: 18 unidades y 450 puestos escolares.

C) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «San Francisco de Paula¯. Titular: Colegio San Francisco de Paula, S.L. Domicilio: Calle Sor Angela de la Cruz, núm. 11. Localidad: Sevilla.

Municipio: Sevilla.

Provincia: Sevilla.

Código del Centro: 41005166.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 12 unidades y

360 puestos escolares.

b) Bachillerato.

- Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y de la Salud.

Capacidad: 4 unidades y 140 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Tecnología. Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Segundo.

1. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, el centro mencionado podrá impartir las enseñanzas de Bachillerato que progresivamente irá reduciendo hasta la extinción de estas enseñanzas de acuerdo con el Real Decreto 173/1998, de 16 de febrero, por el que se modifica y completa el Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Tercero. La presente autorización surtirá efecto de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, implantando progresivamente, a medida que se vayan autorizando las enseñanzas con arreglo al calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Cuarto. Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Delegación Provincial de Sevilla, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Quinto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en el artículo

46.1 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

Sevilla, 19 de enero de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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