Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 25/3/1999

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre Propuesta de Resolución en Expediente de Desahucio Administrativo A-47/98.

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Ilmo. Sr.:

Visto el expediente de desahucio administrativo núm. A-47/98, incoado contra don Fulgencio Rodríguez Martín, por infracción del régimen legal que regula las viviendas de Protección Oficial, resultan los siguientes:

HECHOS

Primero. Que una vez comprobada la denuncia presentada con fecha 17-2-98, se notificó al expedientado la incoación del expediente de desahucio, el nombramiento de Instructor y Secretario, así como el correspondiente pliego mediante anuncio en BOJA núm. 143, de esa fecha, imputándole como cargo el no ocupar la vivienda, sita en Avda. Cristóbal Colón, núm. 5, 1º D, de Huelva, como residencia habitual y permanente.

Segundo. En tiempo y forma el interesado no formula pliego de descargo alguno.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. En virtud de lo dispuesto en el Decreto 86/1984, de

3 de abril, son competentes para resolver los expedientes de desahucio los Delegados Provinciales de la Consejería de Política Territorial (hoy Consejería de Obras Públicas y Transportes).

Segundo. Es de aplicación el art. 30.6 del R.D. 2960/1976, de

12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la legislación de viviendas de protección oficial y el art. 138.6 del Decreto 2114/1968, de 24 de julio, del vigente Reglamento, en donde se establece como causa especial de desahucio el no ocupar la vivienda con carácter habitual y permanente.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el art. 30 del texto refundido y el art. 141 del Reglamento, citados anteriormente, el Instituto Nacional de la Vivienda, hoy los Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con las disposiciones sobre traspasos y desconcentración de funciones, podrán acordar el desahucio y, en su caso, el lanzamiento, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo, de los arrendatarios o beneficiarios de las viviendas, locales de negocios o servicios complementarios de su propiedad, cuando concurra cualquiera de las causas tipificadas en el art. 30 de la Ley y 138 del Reglamento.

A la vista de lo anterior y teniendo en cuenta el cumplimiento de las formalidades legales exigidas en la normativa preceptiva, el Instructor que suscribe eleva a V.I. la siguiente

PROPUESTA

Acordar el desahucio de don Fulgencio Rodríguez Martín, respecto a la vivienda, sita en Avda. Cristóbal Colón, núm. 5,

1º D, de Huelva, para que desaloje en el plazo de diez días la vivienda, a contar desde la notificación de la resolución, con apercibimiento de proceder en caso contrario al lanzamiento de cuantas personas, muebles y enseres se encontraran en la vivienda.

No obstante, V.I. resolverá.

Huelva, 13 de enero de 1999.- La Instructora, Marta Zalvide Sotelo.