Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 25/3/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE FUENTE CARRTEROS

ANUNCIO de bases.

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El Ayuntamiento Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día 25 de enero de 1999, acordó convocar pruebas selectivas para cubrir por el procedimiento de Concurso-Oposición una plaza de Oficial de Mantenimiento, por el turno de funcionarización, con arreglo a las siguientes:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD, MEDIANTE CONCURSO- OPOSICION, DE UNA PLAZA DE OFICIAL DE MANTENIMIENTO, POR EL TURNO DE FUNCIONARIZACION

Primero. Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Oficial de Mantenimiento vacante en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento e incluida en la oferta de empleo público de 1998, mediante turno de funcionarización conforme a lo dispuesto en la Disposición Transitoria Decimoquinta, de la Ley 30/84, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.2. Por lo que se refiere al procedimiento para articular la funcionarización, se aplicará el art. 37.1 de la Ley 31/90, de

27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para

1991, desarrollado por la Orden de 27 de marzo de 1991, de aplicación supletoria. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 23/88, de 28 de julio; la Ley 7/85, de Bases de Régimen Local; R.D.L. 781/86, de 18 de abril; R.D.

896/91, de 17 de junio, y las Bases de la presente Convocatoria.

Segundo. Condiciones y requisitos que deben cumplir los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las presentes pruebas selectivas para el acceso a la plaza convocada, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Estar vinculado por una relación laboral de carácter indefinido con la categoría de Oficial de Mantenimiento con la EATIM de Fuente Carreteros.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

f) No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica previstas en la legislación vigente.

g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

h) Estar en situación administrativa de servicio activo.

2.2 Todos los requisitos exigidos en el apartado anterior deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

Tercero. Presentación de instancias y documentos.

3.1. Las instancias solicitando tomar parte en el Concurso- Oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la Base Segunda, vendrán acompañadas de los justificantes de los méritos alegados y especificados en la Base Seis, se dirigirán al Ilustrísimo Sr. Alcalde de Fuente Carreteros, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.2. Se presentarán en el Registro General de la EATIM o por alguno de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo adjuntarse fotocopia del DNI y del título académico exigido en la Base Segunda.

3.3. Junto a la solicitud se presentará el justificante del ingreso de los derechos de examen por la cantidad de 2.500 ptas. que sólo será devuelto en caso de ser excluido del Concurso-Oposición.

3.4. Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud una certificación expedida por la Secretaría General de la EATIM en la que conste su condición de personal laboral indefinido y su categoría profesional.

3.5. Los méritos y servicios a tener en cuenta en el concurso se refieren a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias. Los documentos presentados deberán ser

originales o fotocopias compulsadas.

Cuarto. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación en el plazo de un mes, aprobará la lista de admitidos y excluidos, que se hará pública, en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios,

determinándose el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas, así como la composición del Tribunal.

4.2. Si alguna solicitud adoleciese de defectos, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con apercibimiento de que si no lo hiciese, se archivará su instancia sin más trámite y será excluido de la lista de aspirantes.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Quinto. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal, de conformidad con lo previsto en el art. 4 del R.D. 896/91, de 7 de junio, quedará compuesto de la siguiente forma:

Presidente: El de la Entidad Local o persona en quien

delegue.

Secretario: El de la Entidad Local o persona en quien delegue, que actuará con voz pero sin voto.

Vocales:

Un representante de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Un representante de cada uno de los grupos políticos de esta Corporación, con titulación académica igual o superior a la exigida a los aspirantes.

Un funcionario de Administración Local.

Los miembros del Tribunal tendrán el correspondiente

suplente.

5.2. El Tribunal calificador tendrá la categoría D de las recogidas en el R.D. 236/88, de 4 de marzo, a efecto de indemnizaciones por asistencia.

La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y Tablón de Anuncios de esta EATIM.

5.3. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, Secretario y de la mitad al menos de sus Vocales, titulares o suplentes indistintamente.

5.4. Los miembros del Tribunal podrán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes o pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias citadas.

5.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que

contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

5.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las Bases de la convocatoria. Las dudas o reclamaciones que puedan originarse por la

interpretación de las mismas, así como lo que debe hacerse en los casos no previstos, serán resueltos por el Tribunal sin apelación alguna.

Sexto. Desarrollo del proceso selectivo.

6.1. Previamente a la fase de oposición de realizará la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio.

6.2. Antes de la celebración del primer ejercicio se reunirá el Tribunal, procediéndose a valorar los méritos y servicios de la fase de concurso y publicándose en el tablón de anuncios de la Corporación el resultado de ésta con antelación a la

realización de la fase de oposición.

6.3. La realización del primer ejercicio de la oposición se llevará a efectos en la fecha que indique la Resolución de la Presidencia a que hace referencia la Base cuarta de la presente convocatoria, en la que se expresará también lugar y hora de realización del mismo. Una vez comenzadas las pruebas

selectivas, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la EATIM.

Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.4. Los aspirantes serán convocados para la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditadas y apreciada por el Tribunal.

6.5. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad, por lo que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad.

6.6. El proceso selectivo constará de dos fases.

A) Fase de concurso.

No puede alcanzar más del cuarenta y cinco por ciento de la puntuación máxima a obtener por el aspirante en la fase de oposición.

No tiene carácter eliminatorio y constará de la valoración de los méritos y servicios siguientes:

Méritos profesionales: Por cada mes completo de servicios prestados en la EATIM de Fuente Carreteros en la plaza o puesto de igual contenido al que se opte en la condición de laboral:

0,50 puntos.

Por cada mes completo de servicios prestados en Corporaciones Locales, salvo los ya valorados en el apartado anterior: 0,25 puntos.

Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas. Siempre que se encuentren relacionadas con la plaza a que se opta e impartidos por instituciones de carácter público:

De 15 a 40 horas de duración: 0,10 puntos.

De 41 a 70 horas de duración: 0,20 puntos.

De 71 a 100 horas de duración: 0,25 puntos.

De 101 a 200 horas de duración: 0,50 puntos.

No serán valorados aquellos cursos cuya duración sea inferior a 15 horas o que no se justifique su duración.

B) Fase de oposición. Constará de los ejercicios que a

continuación se indican, siendo eliminatorios:

Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito,

durante un período máximo de sesenta minutos, un test de treinta preguntas, con respuestas alternativas, relacionadas con las materias del Anexo.

Segundo ejercicio. Consistirá en realizar una prueba práctica de albañilería, fontanería o electricidad (a elección del opositor), propuesta por el Tribunal, en el plazo máximo de sesenta minutos.

Se calificará cada prueba hasta un máximo de diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para superarlas.

6.7. Para alcanzar la puntuación mínima en los ejercicios de la fase de oposición, en ningún caso podrán utilizarse puntos obtenidos en la fase de concurso.

6.8. El cómputo de la puntuación de los ejercicios se hará mediante la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja.

6.9. La calificación final de los aspirantes se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y en la de oposición.

6.10. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación en la fase de oposición.

Séptimo. Puntuación y propuesta de selección.

7.1. Una vez finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios el nombre del candidato que hubiese superado el Concurso-Oposición, haciendo constar las calificaciones obtenidas en ambas fases. Dicho anuncio será elevado al Ilustrísimo Sr. Alcalde, con propuesta de

nombramiento de funcionario de carrera. La resolución del tribunal tendrá carácter vinculante para la Administración Municipal.

7.2. Los opositores que no se hallaren incluidos en dicha resolución tendrán la consideración de no aptos, manteniéndose en su situación de laboral indefinido.

Octavo. Presentación de documentos.

8.1. El aspirante aprobado dispondrá de un plazo de veinte días naturales, desde que se hace pública la relación definitiva de aprobados, para presentar en la Secretaría General de la Corporación, los documentos que acrediten los requisitos y condiciones de capacidad establecidos en estas Bases.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujese que carecen de los requisitos señalados en las Bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud.

Noveno. Nombramiento de funcionario y toma de posesión.

9.1. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, el Ilustrísimo Sr. Alcalde nombrará funcionario de carrera al aspirante aprobado.

9.2. El plazo para tomar posesión será de treinta días a contar desde la notificación el nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia a la adquisición de la condición de funcionario.

9.3. El personal laboral que supere la pruebas selectivas de acceso y tome posesión de su plaza, quedará destinado en el puesto de trabajo de personal funcionario en que su puesto se haya reconvertido.

Décimo. Norma final.

10.1. La presente convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

ANEXO

MATERIAS COMUNES

1. La Constitución española de 1978. Principios generales.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. El Poder Legislativo.

4. La Administración Pública en el ordenamiento español. Administración del Estado. Administración Autónoma, Local, Institucional y Corporativa.

5. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. El Municipio. Organización municipal.

8. Otras Entidades Locales. Las EATIM.

MATERIAS ESPECIFICAS

9. El Planeamiento Municipal. Clasificación del Suelo.

10. Los Contratos Administrativos en las Entidades Locales.

11. La depuración de aguas residuales. Redes de alcantarillado.

12. Las obras y servicios AEPSA.

13. Alumbrado público. Instalación y mantenimiento.

14. Redes de abastecimiento de aguas. Reposición y

mantenimiento.

15. El hormigón en masa. Características y aplicaciones.

16. Ladrillos. Tipos y características.

17. Escaleras: Trazados.

18. Encofrados. Generalidades. Clasificación. Materiales utilizados.

19. Interpretación de croquis y planos.

20. Edificios municipales. Ubicación.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Fuente Carreteros, 26 de enero de 1999.- El Alcalde, Juan Ramírez Pedrosa.