Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 36 de 25/3/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 19/1999, de 9 de febrero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco (Málaga), de unos terrenos sitos en el Partido de Las Suertes de la citada localidad con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria, y se adscribe a la Consejería de Educación y Ciencia.

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Por el Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco (Málaga) fueron ofrecidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía unos terrenos sitos en el Partido de Las Suertes de la citada localidad, con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 9 de febrero de 1999,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco (Málaga) de 5.803,21 m¯ de terrenos que serán segregados de la siguiente finca:

Suerte de tierra situada en el Partido de Las Suertes, del término de Villanueva del Trabuco, de una fanega, equivalente a

62 áreas, 62 centiáreas, que linda: Al Norte, Sur y Este, con terrenos propiedad de dicho Ayuntamiento; y, al Oeste, con el Arroyo del Cementerio.

Consta inscrita la finca matriz en el Registro de la Propiedad de Archidona, a favor del Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco, al folio 58 del tomo 708, libro 64, finca 3.628.

Los linderos del terreno donado son: Norte, carretera de Archidona; Sur, Cooperativa Nuestra Señora de los Dolores; Este, calle Universidad; y, Oeste, Arroyo El Chavo.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 14 de la mencionada Ley, los terrenos donados deberán incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, una vez inscritos a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscritos a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Instituto de Enseñanza Secundaria.

Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 9 de febrero de 1999

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda