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La Universidad de Málaga convoca becas de investigación con cargo a contratos, convenios, proyectos o grupos de investigación, con arreglo a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
La presente convocatoria se regirá tanto por sus normas propias, que estarán conformes con el Reglamento sobre nombramientos de becarios colaboradores con cargo a créditos de investigación de la Universidad de Málaga, como por las específicas que figuran contenidas en los Anexos de esta Resolución.
2. Requisitos de los solicitantes.
Podrán solicitar estas becas quienes ostenten las condiciones académicas o de titulación requeridas en los distintos perfiles que figuran en el Anexo de esta Resolución.
3. Condiciones de la convocatoria.
El disfrute de la beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que implique vinculación contractual o estatutaria del interesado.
La concesión de una beca no establece relación contractual o estatutaria con el Centro al que quede adscrito el beneficiario, ni implica por parte del Organismo receptor ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación del interesado en la plantilla del mismo.
El disfrute de una beca cuando, según la convocatoria específica, requiera una dedicación de cuarenta horas semanales, es incompatible con el registro en las Oficinas del Instituto Nacional de Empleo (Inem) como demandante de empleo, al tratarse de subvenciones que exigen dedicación exclusiva.
La dotación económica de la beca estará, asimismo, especificada en cada uno de los Anexos, pudiendo contemplarse retribuciones a partir de 51.500 pesetas brutas mensuales por una dedicación de veinte horas semanales y de 103.000 pesetas brutas para una dedicación de cuarenta horas semanales. Las becas implicarán además un seguro de asistencia médica y de accidentes.
La duración de estas becas dependerá de las condiciones establecidas en cada Anexo. En cualquier caso, la duración de la beca no podrá exceder de la duración temporal del convenio, contrato, grupo o proyecto de investigación para el que se concede.
Transcurrido el período de duración de la beca, las solicitudes de prórroga se presentarán en el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico, en el penúltimo mes de disfrute de la beca, en impreso normalizado establecido al efecto.
Por su parte, las renuncias se presentarán en el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico. Para aquellas renuncias o bajas que se produzcan durante los tres primeros meses, los directores de investigación podrán hacer propuesta de sustitución, de acuerdo con la relación priorizada hecha en su momento.
4. Formalización de solicitudes.
Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra a disposición de los interesados en el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico de la Universidad de Málaga.
Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente a la presente publicación en el BOJA, en el Registro General de la
Universidad de Málaga, o bien por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, dirigiéndose a la Excma. Sra.
Vicerrectora de Investigación y Desarrollo Tecnológico, Campus El Ejido, s/n (Edificio del Rectorado).
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente
documentación:
a) Fotocopia del DNI o pasaporte.
b) Fotocopia del título universitario o resguardo acreditativo de estar en posesión del mismo.
c) Certificación académica personal.
d) Curriculum vitae del solicitante.
5. Selección de los candidatos.
La selección de los candidatos será realizada por la Comisión de Investigación de la Universidad de Málaga, que podrá determinar la no concesión de beca cuando los solicitantes no reúnan las condiciones del perfil solicitado en la
convocatoria.
6. Resolución.
La resolución de la presente convocatoria se hará pública en el tablón de anuncios del Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico (Campus El Ejido, s/n, 3ª planta del Edificio del Rectorado), e incluirá los candidatos a los que se les concede la beca, entendiéndose desestimadas el resto de las solicitudes presentadas.
A cada aspirante seleccionado se le expedirá una credencial de Colaborador Becario, indicando el código del grupo, contrato o proyecto de investigación, nombre del investigador principal, fecha de duración de la beca y remuneración de la misma.
Contra la resolución expresa de esta convocatoria o la
denegación presunta de la misma podrán interponer los
interesados recurso ordinario, ante el Excmo. y Magfco. Sr. Rector de la Universidad de Málaga, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a la publicación de la citada
resolución en el tablón de anuncios e este organismo.
Málaga, 26 de febrero de 1999.- El Rector, Antonio Díez de los Ríos Delgado.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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