Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 10/04/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 8 de marzo de 1999, por la que se acuerda la supresión de la autorización condicionada y el cese de actividades del Centro privado Virgen de la Cabeza de Córdoba.

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Visto el expediente incoado al Centro privado «Virgen de la Cabeza¯, con Código 14002765, sito en el Paseo de la Victoria, núm. 57, de Córdoba, que fue autorizado condicionalmente para 1 unidad de Jardín de Infancia con 40 puestos escolares por Orden Ministerial de 11 de octubre de 1974 (BOE de 13 de noviembre) y para 8 unidades de Educación General Básica con capacidad para

320 puestos escolares por Orden Ministerial de 23 de septiembre de 1974 (BOE de 21 de octubre). Ambas autorizaciones estaban condicionadas a la realización de obras necesarias para la adaptación a los módulos establecidos y nunca llegaron a efectuarse.

Resultando que según preceptúa la Disposición Transitoria Quinta, apartados 4 y 5, del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE del 26), el Centro Virgen de la Cabeza ha dejado de tener la condición de centro autorizado para impartir las enseñanzas comprendidas en la Ley 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, por no haber obtenido la autorización definitiva con anterioridad a la finalización del plazo establecido en dicha disposición.

Resultando que a la titularidad se le ha dado el trámite de vista y audiencia, previsto en el artículo 27 del Decreto

109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general.

Vista la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE de 4 de octubre); el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, que regula, asimismo, el procedimiento de cese de actividades de los centros escolares privados.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Suprimir las unidades autorizadas condicionalmente y autorizar el cese total de actividades al Centro privado «Virgen de la Cabeza¯ de Córdoba, con Código 14002765, a partir del curso 1999/2000, quedando nulas y sin ningún efecto las disposiciones que autorizaron provisionalmente el funcionamiento de dicho Centro, siendo necesario para el caso de que el titular instase la reapertura del mismo, dar cumplimiento a lo establecido en el Real Decreto 1004/1991, de

14 de junio, y demás disposiciones en materia de autorización de centros docentes privados.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de marzo de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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