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El Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de marzo actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia núm. 1208/99, planteado por el Gobierno de la Nación, representado por el Abogado del Estado, contra el Decreto de la Junta de Andalucía 62/1999, de 9 de marzo, de modificación del Decreto 284/1998, de 29 de diciembre, por el que se establecen ayudas económicas complementarias de carácter extraordinario, a favor de los pensionistas por jubilación e invalidez, en sus modalidades no contributivas. Y se hace constar que por el Gobierno se ha invocado el art. 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación del Decreto impugnado desde la fecha de interposición del conflicto -20 de marzo de 1999-.
Madrid, a veintitrés de marzo de mil novecientos noventa y nueve.- El Presidente del Tribunal Constitucional, Pedro Cruz Villalón. Firmado y rubricado. El Secretario General.