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La protección de los espacios naturales, entendidos éstos como aquellas zonas de la Biosfera cuya unidades ambientales no han sido esencialmente modificadas por la acción del hombre, o bien lo han sido de tal modo que se han generado nuevos ambientes naturales, es parte de la política general de conservación de la naturaleza y sus recursos.
Siendo Sierra Nevada un espacio de excepcionales valores naturales y componentes de muy destacado rango natural, dignos de una protección especial, es declarado «Parque Natural¯ por la Ley 2/1989, de 18 de julio (BOJA núm. 60, de 27 de julio de
1989).
La superficie declarada Espacio Natural Protegido, 140.200 ha, su ubicación que abarca dos provincias, Granada y Almería, la dificultad de las comunicaciones entre las dos vertientes, Norte y Sur, y el gran número de términos municipales que engloba, 18, hacen que este Parque Natural sea singular en la complejidad de su gestión.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 32, letra d), de la Ley 9/1987, de 12 de junio, de órganos de representación y determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, en la redacción dada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de Administración General.
En su virtud, conforme a lo previsto en el artículo 4.2.g) de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de Andalucía, y en el artículo 10.2 del Decreto
390/1986, de 10 de diciembre, de elaboración y aprobación de la relación de puestos de trabajo, a propuesta de la Consejería de Gobernación y Justicia, con informe de la Consejería de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 23 de marzo de 1999,
DISPONGO
Artículo único. Modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente.
Se aprueba la modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente a la Consejería de Medio Ambiente, en los términos previstos en el Anexo a este Decreto.
Disposición adicional única. Modificación presupuestaria. Por la Consejería de Economía y Hacienda se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto, conforme al procedimiento establecido.
Disposición final única. Entrada en vigor. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de marzo de 1999
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
CARMEN HERMOSIN BONO
Consejera de Gobernación y Justicia
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
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