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El Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión de fecha 25 de febrero del año en curso, se ha servido aprobar las Bases Generales y Anexo correspondiente para la provisión de las plazas de Peones integrantes de las Ofertas Públicas de Empleo de los años 1996, 1997 y 1998, transcribiéndose a continuación:
BASES GENERALES
PRIMERA: Se aprueban las Bases Generales para proveer las plazas de este Excmo. Ayuntamiento que figuran en los anexos.
Estas plazas se encuadran en las categorías que se indican, pertenecientes a la Subescala Obrera del Personal Laboral de esta Corporación.
De ellas se reservan, cuando el número de plazas vacantes lo permita, el cinco por ciento de las mismas, hasta alcanzar el dos por ciento de la plantilla, para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, de conformidad con lo preceptuado en la Base octava.
Las plazas que se reserven para este personal, se indicarán también en los anexos respectivos.
Las vacantes sin cubrir de las reservadas a personas con discapacidad, podrán ser cubiertas por los aspirantes del turno libre. Igualmente pasarán a cubrirse por el turno libre dichas vacantes cuando no sea admitido al turno de minusválidos ningún aspirante.
Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.
SEGUNDA: La realización de estas pruebas se regirá por lo previsto en estas Bases y anexos correspondientes, y en su defecto, se estará a lo establecido en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/84, de 2 de Agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.
II. Requisitos de los aspirantes
TERCERA: Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
ANEXO
PLAZA/S: PEON
NUMERO DE PLAZAS: CIENTO CUARENTA Y TRES
ESCALA: PERSONAL LABORAL
PERTENECIENTE A LA SUBESCALA: OBRERA
CLASE:
CATEGORIA: PEON
GRUPO: E
NIVEL: 12
SISTEMA DE SELECCION: CONCURSO-OPOSICION
NUMERO DE PLAZAS RESERVADAS A MINUSVALIDOS: SIETE
TITULACION EXIGIDA: Certificado de Escolaridad o equivalente. DERECHOS DE EXAMEN: 1.000.- Ptas.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
Lo que se hace público para general conocimiento.
Sevilla, 11 de marzo de 1999.- El Secretario General.
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