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En el recurso contencioso-administrativo número 444/96, interpuesto por don Wilson River Durán contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía número
14/2419/94, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado sentencia, que es firme, de fecha veinte de octubre de mil novecientos noventa y ocho, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Fallamos: Que debemos declarar y declaramos inadmisible el presente recurso contra la Resolución del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Andalucía de 25 de mayo de 1995. Sin condena en costas.
En virtud de la delegación de competencias, por Orden de 25 de febrero de 1994, y de conformidad con lo establecido en los arts. 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Córdoba, 12 de mayo de 1999.- El Delegado, Antonio Hurtado Zurera.