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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 6 de febrero de 1999 por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla en el recurso contencioso- administrativo núm. 688/1996, promovido por Muñoz Chapuli, S.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que debemos estimar y estimamos el recurso presentado por el Letrado Sr. Amate García, en nombre y representación de la entidad Muñoz Chapuli, S.A., contra las resoluciones referidas en el Primer Fundamento de esta sentencia, las cuales anulamos por no ser conformes con el ordenamiento jurídico, dejando, en consecuencia, sin efecto la sanción. Sin condena en costas.
Sevilla, 31 de mayo de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.