Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 72 de 24/06/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

ORDEN de 9 de junio de 1999, por la que se modifica la de 9 de mayo de 1997, por la que se determina la denominación de los Laboratorios Agroalimentarios y Estaciones de Viticultura y Enología dependientes de la Consejería.

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La Orden de 9 de mayo de 1997 (publicada en el BOJA núm.

62, de 31 de mayo, y su corrección de errores en el núm. 84, de

22 de julio) establece la denominación de los Laboratorios Agroalimentarios y Estaciones de Viticultura y Enología, dependientes de la Consejería de Agricultura y Pesca, a los que hace referencia el punto 2 del artículo 16 del Decreto 4/1996, de 9 de enero, sobre las Oficinas Comarcales Agrarias y otros servicios y centros periféricos de la Consejería de Agricultura y Pesca.

El Real Decreto 511/1996, de 15 de marzo (BOE núm. 90, de 13 de abril), sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura (FEGA), transfiere la titularidad del inmueble sede del extinto Instituto Tecnológico del Tabaco, en cuyas instalaciones existe un Laboratorio respecto del cual se considera oportuno determinar su denominación del mismo modo que los restantes Laboratorios Agroalimentarios, de acuerdo con las funciones que se desarrollan.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del Decreto 4/1996, de 9 de enero, previa autorización de la Consejería de Gobernación y Justicia, y a propuesta de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria,

DISPONGO

Artículo único. Se modifica el artículo único de la Orden de

9 de mayo de 1997, por la que se determina la denominación de los Laboratorios Agroalimentarios y Estaciones de Viticultura y Enología dependientes de la Consejería, añadiéndose el siguiente texto:

«El Laboratorio ubicado en las instalaciones del extinto Instituto Tecnológico del Tabaco se denominará: "Laboratorio Agroalimentario. Sevilla"¯.

Disposición final única. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 9 de junio de 1999

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Agricultura y Pesca