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Vista la petición formulada por la Presidencia del Ayuntamiento de Santa Olalla del Cala (Huelva) por Resolución de fecha 15 de abril de 1999, por la que se solicita se deje sin efecto el nombramiento en régimen de acumulación efectuado a favor de don Manuel Romero Domínguez, funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, mediante Resolución de esta Dirección General de fecha 29 de mayo de 1998 a instancia del propio interesado, de conformidad con lo establecido en los artículo 31 y 37 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la entonces Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena de la Ley 22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Esta Dirección General ha resuelto:
Dejar sin efectos la acumulación de las funciones del puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Santa Olalla del Cala (Huelva), a favor de don Manuel Romero Domínguez, NRP
29362248/68/A3004, Secretario del Ayuntamiento de Cala (Huelva).
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante esta Dirección General en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio de plantear cuantos otros recursos que se consideren oportunos.
Sevilla, 28 de mayo de 1999.- El Director General, Jesús María Rodríguez Román.