Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 8 de abril de 1999, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso- administrativo número 739/1996, promovido por Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que estimamos el recurso contencioso-administrativo núm.
739/96 interpuesto por el Procurador don José Enrique Ramírez Hernández en nombre y representación de la entidad Monte de Piedad y Caja de Ahorros de Huelva y Sevilla, declaramos la nulidad, por no ajustarse a Derecho, del acuerdo impugnado precitado en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, dejando sin efecto la sanción en el mismo contenida. Sin costas.
Sevilla, 15 de junio de 1999.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.