Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 6/7/1999

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Otros. AYUNTAMIENTO DE MOTRIL

EDICTO sobre bases.

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Don Luis Manuel Rubiales López, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Motril, en virtud de las competencias atribuidas por la legislación vigente:

D I S P O N E

La publicación en el BOJA de las Bases que regirán las convocatorias correspondientes a las 4 plazas que constituyen la Ampliación de la Oferta de Empleo Público del año 98, tras su aprobación por acuerdo plenario de fecha 29-4-99, en cumplimiento de lo preceptuado en el art. 6 del R.D. 896/91, de

7 de junio.

Lo que se hace público para general conocimiento en Motril, 2 de junio de 1999.-El Alcalde-Presidente.

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD POR PROMOCION INTERNA Y MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO-OPOSICION, DE UNA PLAZA DE TECNICO/A SUPERIOR DE GESTION, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS/AS DE ESTE AYUNTAMIENTO.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por promoción interna, mediante el procedimiento del concurso oposición de una plaza de Técnico/a Superior de Gestión vacante en la plantilla de funcionarios/as de este Excmo. Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A y las retribuciones complementarias establecidas en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

1.2.- A quien le corresponda cubrir esta plaza se les encomendarán, entre otras, las siguientes funciones:

* Elaboración de informes a que den lugar las operaciones habituales.

* Elaboración de los planes y programas de Tesorería conforme a las directrices determinadas por el Sr. Tesorero. * Control de los procedimientos recaudatorios en materia voluntaria, y realización de los posteriores estudios estadísticos, con señalamiento de las propuestas encaminadas a la mejora de los porcentajes de cobro totales. * Revisión del arqueo presupuestario y extrapesupuestario mensual

* Revisión de los apuntes contables generados por la Tesorería y en definitiva, cuantas se describan en el Organigrama Funcional y de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, para contribuir al buen funcionamiento del Servicio y, en general, del Ayuntamiento.

SEGUNDA.- LEGISLACION APLICABLE

2.1.- Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en: la Ley 30/84 de 2 de Agosto, modificada por la Ley 23/88 de 28 de Julio; la Ley 7/85 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el R.D.Lg 781/86 de 18 de Abril; el R.D. 896/91 de 7 de Junio por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; el R.D.

364/95 de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

3.1.- Para ser admitido/a a las pruebas para el acceso a la función pública local será necesario que los/as aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la

presentación de instancias los siguientes requisitos y

condiciones:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN

PROPIEDAD POR PROMOCION INTERNA Y MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO-OPOSICION, DE UNA PLAZA DE TECNICO/A DE GESTION DE GRADO MEDIO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS/AS DE ESTE AYUNTAMIENTO.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por promoción interna, mediante el procedimiento del concurso oposición de una plaza de Técnico/a de Gestión de Grado Medio vacante en la plantilla de funcionarios/as de este Excmo. Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de

Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Media, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo B y las retribuciones complementarias establecidas en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

1.2.- A quien le corresponda cubrir esta plaza se les

encomendarán, entre otras, las siguientes funciones:

* Desempeñar las actividades de carácter administrativo, información, coordinación y asesoramiento propias de la Intervención de Fondos, bajo las directrices establecidas pro el Interventor de Fondos.

* Conocer las disposiciones legales y la normativa vigente, velando por su aplicación.

* Control y seguimiento de expedientes, tales como operaciones de crédito, operaciones de tesorería, subvenciones, inversiones reales, modificaciones presupuestarias, entre otras.

* Fiscalización de la gestión económica local y entes

dependientes de la misma y en definitiva, cuantas se describan en el Organigrama Funcional y de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, para contribuir al buen funcionamiento del Servicio, y, en general, del Ayuntamiento.

SEGUNDA.- LEGISLACION APLICABLE

2.1.- Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en: la Ley 30/84 de 2 de Agosto, modificada por la Ley 23/88 de 28 de Julio; la Ley 7/85 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el R.D.Lg 781/86 de 18 de Abril; el R.D. 896/91 de 7 de Junio por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; el R.D.

364/95 de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado, de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

3.1.- Para ser admitido/a a las pruebas para el acceso a la función pública local será necesario que los/as aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la

presentación de instancias los siguientes requisitos y

condiciones:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN

PROPIEDAD POR PROMOCION INTERNA Y MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO-OPOSICION, DE UNA PLAZA DE TECNICO/A DE GESTION DE GESTION DE GRADO MEDIO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE

FUNCIONARIOS/AS DE ESTE AYUNTAMIENTO.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad por promoción interna, mediante el procedimiento del concurso oposición de una plaza de Técnico/a de Gestión de Grado Medio vacante en la plantilla de funcionarios/as de este Excmo. Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de

Administración Especial, Subescal Técnica, Clase Media, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo B y las retribuciones complementarias establecidas en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento.

1.2.- A quien le corresponda cubrir esta plaza se les

encomendarán, entre otras, las siguientes funciones:

* Gestionar el Impuesto sobre Actividades Económicas, así como sus liquidaciones trimestrales.

* Elaborar expedientes de devolución de ingresos de

autoliquidaciones, propuestas de resolución de reclamaciones y recursos sobre valores-recibos y liquidaciones.

* Elaborar propuestas de resolución sobre expedientes de exenciones, bonificaciones y prorrateos trimestrales en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica e Impuesto sobre Actividades Económicas.

* Organizar, controlar y colaborar en la realización de las autoliquidaciones del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plus Valía) y el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

* Organizar y controlar las domiciliaciones bancarias de los recibos y en definitiva, cuantas se describan en el Organigrama Funcional y de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento, para contribuir al buen funcionamiento del Servicio y, en general, del Ayuntamiento.

SEGUNDA.- LEGISLACION APLICABLE

2.1.- Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en: la Ley 30/84 de 2 de Agosto, modificada por la Ley 23/88 de 28 de Julio; la Ley 7/85 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el R.D.Lg 781/86 de 18 de Abril; el R.D. 896/91 de 7 de Junio por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; el R.D.

364/95 de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado, de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

3.1.- Para ser admitido/a a las pruebas para el acceso a la función pública local será necesario que los/as aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la

presentación de instancias los siguientes requisitos y

condiciones:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

BASES QUE REGIRAN LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN

PROPIEDAD, Y MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO OPOSICION LIBRE, DE UNA PLAZA DE OFICIAL/A ELECTRICISTA VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO.

PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, y mediante el procedimiento del concurso-oposición libre, de una plaza de Oficial/a Electricista vacante en la plantilla de funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo D y las retribuciones complementarias establecidas en el Catálogo de Puestos de Trabajo de este Excmo. Ayuntamiento.

1.2.- A quien le corresponda cubrir esta plaza se le

encomendarán, entre otras, las siguientes funciones:

* Confección de cuadros eléctricos.

* Instalación y reparación de líneas eléctricas y reposición de lámparas.

* Reparación de semáforos y del alumbrado público.

* Realización de actividades adicionales no específicas del puesto tales como trabajos de pintura, soldadura, limpieza y albañilería

* Confeccionar, repasar, revisar o mantener todo tipo de instalaciones eléctricas en baja tensión, dentro de la

capacidad laboral propia de su categoría profesional ya sean instalaciones de alumbrado público, como de instalaciones receptoras de otro tipo, tanto interiores como exteriores areas o subterranes, sea cual sea su uso y prestación.

* Confeccionar partes de trabajo con el correspondiente control de albaranes, y en definitiva todas aquellas más descritas en el Organigrama Funcional y de Puestos de Trabajo de este Ayuntamiento para contribuir al buen funcionamiento del Servicio al que pertenece y, en general, del Ayuntamiento.

SEGUNDA.- LEGISLACION APLICABLE

2.1.- Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en: la Ley 30/84 de 2 de Agosto, modificada por la Ley 23/88 de 28 de Julio; la Ley 7/85 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el R.D.Lg 781/86 de 18 de Abril; el R.D. 896/91 de 7 de Junio por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el Procedimiento de Selección de los Funcionarios de Administración Local; el R.D.

364/95 de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado, de Provisión de Puestos de Trabajo y de Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

TERCERA.- REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES

3.1.- Para ser admitido/a a las pruebas para el acceso a la función pública local será necesario que los/as aspirantes reúnan a la fecha de finalización del plazo para la

presentación de instancias los siguientes requisitos y

condiciones:

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]