Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 79 de 10/7/1999

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Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 24 de mayo de 1999, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se acuerda declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por la concesión directa de explotación Arenas de San Pedro y Los Alamos núms. 7.526 y 7.528, cuya titularidad corresponde a la entidad Materiales Perico, SL. (PP. 1932/99).

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Por Resolución del Director General de Industria, Energía y Minas, de fecha 1 de diciembre de 1995, se otorgó la Concesión Directa de Explotación denominada Arenas de San Pedro núm.

7.526, a la entidad «Canteras Loreñas S.L.¯ y con fecha 11 de diciembre de 1995, se otorgó también a dicha entidad, la Concesión Directa de Explotación denominada Los Alamos núm.

7.528, ambas ubicadas en la provincia de Sevilla, para la explotación de recursos de la Sección C.

Con fecha 30 de abril de 1996, se dictó Resolución por el Director General de Industria, Energía y Minas, autorizando el contrato de transmisión de derechos mineros de las referidas concesiones de explotación de recursos de la Sección C, a favor de «Materiales Perico, S.L.¯.

Dicho otorgamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

105 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas, y el artículo

131 del Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería, lleva implícito la declaración de utilidad pública, así como la inclusión de los terrenos afectados en el supuesto del apartado

2, del artículo 108, de la Ley de Expropiación Forzosa. Asimismo, la aprobación de los planes de labores anuales, el último de los cuales se realizó con fecha 26 de junio de 1997, lleva implícito la declaración de la necesidad de la ocupación de los terrenos, si se cumplen las condiciones establecidas en el número 2, del artículo 17, de la Ley de Expropiación Forzosa.

Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el referido artículo

17.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, se ha sometido a información pública la relación de bienes y derechos afectados habiéndose presentado alegaciones por el titular de los terrenos objeto del presente expediente, que resumidamente, hacen referencia a la titularidad de la concesión, a la falta de actividad extractiva, a la posible caducidad de las concesiones directas, así como la nulidad del expediente de subrogación a favor de «Materiales Perico, S.L.¯.

Los bienes y derechos afectados se refieren a la Finca Registral 4.863:

Descripción: «Suerte de tierra calma procedente del Cortijo de San Pedro Albadalejo, en término de Fuentes de Andalucía, que comprende el Erial de los Cerros, Cerrado de las Vacas y Vicio, con una superficie aproximada de trece hectáreas, un área y diecisiete centiáreas; y linda, al Norte, con la Vereda de Tinajita y los Cerros y con parte del Erial de los Cerros de doña Mª de las Angustias González Herce; al Este, con terrenos que rodean el Caserío, que se adjudicarán a don José Hermógenes Prats González; al Sur, con la parte del Haza Arcarrachela, de doña Mª Angustias González Herce, hoy de don José María Alejandre González; y al Oeste, con la Senda de Lora o de los Olleros, o Camino del Término, que la separa del término municipal de Carmona¯.

De esta finca, que se encuentra libre de cargas, se expropiarán 12,5680 Ha, repartidas en las parcelas siguientes:

- Parcela 3A: 7,8969 ha, correspondiente a la cuadrícula núm.

3 de Los Alamos.

- Parcela 3G: 4,1211 ha, correspondiente a la cuadrícula núm. 3 de San Pedro.

- Parcelas 3B y 3C: 5.500 metros cuadrados, correspondientes a la cuadrícula núm. 2 de San Pedro.

La titularidad de los terrenos corresponde a don José

Hermógenes Prats González, con domicilio en Fuentes de

Andalucía, en calle Maestro Vilche, núm. 10.

Cumplidos los trámites reglamentarios, esta Delegación

Provincial de Trabajo e Industria, acuerda declarar la

necesidad de ocupación de los bienes y derechos indicados anteriormente. La entidad «Materiales Perico S.L.¯ asumirá la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 114.1 y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Sevilla, 24 de mayo de 1999.- La Delegada, María José

Fernández Muñoz.