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Es competencia del Servicio Andaluz de Salud, de conformidad con el art. 42 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma, el uso y aprovechamiento de los bienes de dominio público que tengan especialmente encargados para su gestión, realizando todas aquellas acciones que en el ejercicio de esa gestión le vengan impuestas por Ley.
En este sentido, la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, establece que será competencia de la Administración titular de los bienes de dominio público el otorgamiento de autorización para la ocupación del dominio público, en la medida en que ello sea necesario para el establecimiento de la red pública de telecomunicaciones de que se trate.
Con el objeto de hacer efectivo ese derecho la Dirección- Gerencia del Complejo Hospitalario Carlos Haya solicita la delegación de competencias para, previa tramitación administrativa, otorgar autorización administrativa de ocupación de dominio público.
En consecuencia, de conformidad con el art. 13 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, con objeto de conseguir mayor agilidad administrativa y en el uso de las competencias de representación que me atribuye el art. 69, de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía,
RESUELVO
Delegar en el Director-Gerente del Complejo Hospitalario Carlos Haya de Málaga la competencia necesaria para otorgar autorización administrativa de ocupación de dominio público para el establecimiento de redes públicas de telecomunicaciones, en los bienes inmuebles del Complejo Hospitalario Carlos Haya de Málaga.
Esta Resolución entrará en vigor en el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 1 de julio de 1999.- La Directora-Gerente, Carmen Martínez Aguayo.