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La sentencia de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, de fecha 4 de diciembre de
1998, recaída en el recurso núm. 959/93, seguido a instancia de la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF), contiene en su parte dispositiva el siguiente pronunciamiento, que se transcribe de forma literal: «Fallamos: Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso interpuesto por la Confederación de Sindicatos Independientes y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF) contra la Resolución parcial de la Secretaría General para la Función Pública, de 15 de septiembre de 1993 (BOJA de 25 de septiembre), que anulamos por no ser ajustada a Derecho. Sin costas¯.
Declarada firme la sentencia, mediante providencia de 2 de julio de 1999 y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104.1 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
DISPONGO
Primero. Dar cumplimiento a la sentencia de 4 de diciembre de
1998.
Segundo. Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.
Sevilla, 27 de julio de 1999.- La Consejera, P.D. (Orden
11.12.98), La Secretaria General para la Administración Pública, Presentación Fernández Morales.
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