Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 24/08/1999

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 26 de julio de 1999, por la que se autoriza la anticipación de la nueva ordenación del sistema educativo en determinados Centros docentes privados a partir del curso escolar 1999/2000.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Con objeto de acometer la aplicación anticipada de la nueva ordenación del Sistema Educativo en un número determinado de Centros privados de esta Comunidad Autónoma con carácter previo a la fase de implantación generalizada de las enseñanzas de régimen general, así como planificar la escolarización para el próximo curso, a propuesta de la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa a, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar a los Centros docentes privados que se relacionan en el Anexo I de la presente Orden a anticipar Bachillerato, secuenciando la implantación de cada uno de los años que componen este ciclo durante los cursos 1999/2000 y

2000/2001.

Segundo. Autorizar a los Centros docentes privados que se relacionan en el Anexo II de la presente Orden a anticipar los ciclos formativos de grado medio y superior de Formación Profesional específica que se indican.

Tercero. El Centro privado «Torrealba¯, de Almodóvar del Río, con Código núm.: 14000306, comenzará a extinguir el ciclo de grado superior «Administración y Finanzas¯ a partir del curso escolar 1999/2000, cesando definitivamente estas enseñanzas a la finalización del citado curso académico.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Se autoriza a las Direcciones Generales de Planificación y Ordenación Educativa, y Formación Profesional y Solidaridad en la Educación a dictar cuantas normas sean precisas para la aplicación de la presente Orden, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Segunda. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá efectos académicos a partir del curso

1999/2000.

Tercera. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 26 de julio de 1999

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

VEANSE ANEXOS EN EDICION IMPRESA DEL BOJA

Descargar PDF