Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 101 de 02/09/2000

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE CORDOBA

ANUNCIO. (PP. 1106/2000).

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Aceptada por acuerdo plenario de la Excma. Diputación Provincial de fecha 20 de septiembre de 1999 la delegación de competencias de las facultades de recaudación sobre los ingresos de derecho público del Ilmo. Ayuntamiento de Doña Mencía, se transcribe a continuación literalmente el acuerdo de delegación adoptado por la Corporación del referido Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 2 de agosto de 1999, para general conocimiento:

«Primero. 1. Delegar en la Excma. Diputación Provincial de Córdoba, con efectos a partir del día 1 de enero de 2000, las siguientes facultades de recaudación sobre los ingresos de derecho público cuyo titular es el Ayuntamiento de Doña Mencía:

A) Todas las facultades de recaudación respecto de las tasas y precios públicos cuya liquidación se efectúe periódicamente mediante padrón o matrícula.

B) Las facultades de recaudación en procedimiento de apremio respecto de cualquier ingreso de Derecho público.

2. La delegación de las facultades recaudatorias comprenderá, entre otras, las siguientes funciones: Determinar los plazos de cobro en período voluntario, expedir las relaciones certificadas de deudores, dictar la providencia de apremio, liquidar intereses de demora y la tramitación y resolución de los expediente de créditos incobrables.

Segundo. El ejercicio de las facultades delegadas habrá de ajustarse a los procedimientos, trámites y medidas en general, jurídicas o técnicas, fijadas en la legislación vigente, así como a las determinaciones del correspondiente convenio de delegación.

Tercero. Aprobar el proyecto de nuevo Convenio de Cooperación con la Excma. Diputación Provincial, que deberá sustituir al actualmente en vigor y que incorpora la regulación de las condiciones de esta nueva delegación de competencias conjuntamente con las delegadas en acuerdos anteriores, así como la prestación de los servicios de cooperación técnica en materia económica e informática.

Cuarto. Solicitar de la Excma. Diputación Provincial de Córdoba la aceptación de la nueva delegación de competencias acordada.

Quinto. Una vez aceptada la delegación por el órgano correspondiente, publicar el presente acuerdo en los Boletines Oficiales de la Provincia de Córdoba y de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para general conocimiento.

Sexto. Facultar al Sr. Alcalde para, que en nombre y representación de la Corporación, suscriba el expresado convenio.¯

Córdoba, 29 de noviembre de 1999.- El Presidente.

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