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Detectado error en la Resolución de 29 de mayo de 2000, de esta Secretaría General Técnica, por la que se aprobó la desafectación parcial de terrenos de la vía pecuaria «Cordel de Norietilla¯, en el término municipal de Vícar, provincia de Almería, y en virtud del artículo 105.2.º de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme al artículo 1.23 de la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de de noviembre, antes referida, pasamos a la siguiente corrección:
1. En los Antecedentes de Hecho, donde dice:
«La superficie total a desafectar es de 2.397 metros cuadrados¯, debe decir:
«La superficie total a desafectar es de 3.189,50 metros cuadrados¯.
2. En el «Resuelvo¯, donde dice:
«Aprobar la desafectación parcial de la vía pecuaria Cordel de la Norietilla, sita en el término municipal de Vícar, provincia de Almería, en un tramo de una superficie de 2.397 metros cuadrados... ¯, debe decir:
«Aprobar la desafectación parcial de la vía pecuaria Cordel de la Norietilla, sita en el término municipal de Vícar, provincia de Almería, en un tramo de una superficie de 3.189,50 metros cuadrados...¯.
Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 22 de septiembre de
2000
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