Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 09/11/2000

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Otros. AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS (CADIZ)

ANUNCIO de bases.

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BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR EN PROPIEDAD, POR PROMOCION INTERNA, UNA PLAZA VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO

1.ª Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por promoción interna, por el procedimiento de Concurso-Oposición de una plaza vacante en la plantilla de personal funcionario, y que figura en el Anexo que acompaña a estas bases.

La plaza objeto de esta convocatoria está dotada económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye, según determina el art. 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y demás retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo.

2.ª Normas generales.

La plaza que se convoca se ajustará a lo establecido en la Ley

7/1985, de 2 de abril; en el Real Decreto Legislativo/1986, de

18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Ley

30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local; Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

3.ª Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los solicitantes deberán reunir, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Ser funcionario de carrera de este Excmo. Ayuntamiento con una antigüedad de, al menos, dos años en esta Corporación, en el grupo de titulación inmediatamente inferior a la plaza que se opte, tal y como se especifica en el Anexo.

c) Estar en posesión del título académico correspondiente, según se fija en el Anexo de estas bases.

d) No haber sido separado del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, mediante expediente disciplinario, o hallarse inhabilitado o incapacitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

4.ª Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en la selección deberán hacerlo constar en instancia con los requisitos del art. 18.2 del R.D.

364/1995, de 10 de marzo, debiendo constar en la misma la denominación de la vacante, el sistema selectivo exigido y la denominación expresa de que reune todos y cada uno de los requisitos de la convocatoria.

Las solicitudes se dirigirán a Ilmo. Sr. Alcalde- Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Algeciras, o en cualquiera de las formas contempladas en el art. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Los derechos de examen son los indicados en el Anexo, a excepción de las personas afectadas por el artículo 18, apartado cinco de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre. El abono de la cuantía se efectuará dentro del plazo de presentación de instancias, mediante ingreso en metálico en la Tesorería Municipal, giro postal o telegráfico, dirigido a dicha

dependencia municipal, haciendo constar en este caso, y en la solicitud, el número de libranza del giro, fecha y lugar de la imposición, y que se refiere a la satisfacción de los derechos de examen para la convocatoria de la plaza a la que se

concurra.

Los aspirantes deberán acompañar a la solicitud para tomar parte en la convocatoria, currículum vitae y los documentos acreditativos de los méritos que aleguen, mediante originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

5.ª Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde- Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios de esta Entidad Local, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 71, de la Ley 30/1992.

6.ª Tribunales.

El Tribunal que calificará las pruebas selectivas estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente. El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario. El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un Técnico designado por la Presidencia de la Corporación.

- Un funcionario nombrado por la Alcaldía-Presidencia a propuesta de la Junta de Personal.

La designación del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

Podrán asistir a las actuaciones del Tribunal Calificador en calidad de observadores, un representante de cada uno de los Grupos Políticos con representación municipal.

Los vocales poseerán igual o superior titulación o

especialización a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recursarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28, de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes, indistintamente.

7.ª Comienzo y desarrollo de la convocatoria.

En la misma Resolución que aprueba las listas de admitidos y excluidos, se indicará composición nominal del Tribunal y el día de comienzo de las pruebas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el tablón de anuncios del Ayuntamiento con doce horas de

antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

En cualquier momento del proceso selectivo, si los tribunales tuvieran conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente del Tribunal.

8.ª Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases, según se especifica en el Anexo:

1. Concurso.

2. Oposición.

1. Fase de Concurso.

En la fase de Concurso, se valorarán los méritos que figuran en el correspondiente Anexo, si bien en ningún caso serán

valorados los servicios prestados en puestos de trabajo reservados a personal eventual, ni aquellos méritos contraidos con posterioridad al último día de plazo de presentación de solicitudes.

2. Fase de Oposición.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período máximo de tres horas, dos temas de carácter general, determinados por el Tribunal inmediatamente antes de celebrarse el ejercicio y relacionado con el programa, aunque no se atenga a epígrafe concreto del mismo.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de un supuesto práctico que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo máximo de dos horas para su realización.

Los miembros del Tribunal puntuarán cada ejercicio de la fase de Oposición con un máximo de 10 puntos.

La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. Este ejercicio de esta fase será eliminatorio, siendo necesario para superar la prueba obtener un mínimo de cinco puntos.

La fase de Concurso, que será previa a la Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la prueba de la fase de Oposición. La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

9.ª Propuesta de selección.

Concluido el proceso selectivo, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación no pudiendo rebasar estos el número de plazas convocadas, y elevará dicha relación al Organo Municipal competente.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo

anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

10.ª Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos deberán aportar al Departamento de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el tablón de anuncios del

Departamento de Personal, sito en C/ San Antonio (Edificio La Escuela), los siguientes documentos acreditativos, que poseen las condiciones de capacidad y los requisitos exigidos en las convocatorias:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título exigido en la respectiva convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su

expedición.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de

funciones públicas.

e) Tres fotografías tamaño carnet.

Conforme a lo dispuesto en el art. 23 del R.D. 364/1995, del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración Ceneral del Estado, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

11.ª Nombramiento y toma de posesión.

Una vez presentada la documentación, el Organo Municipal competente nombrará como funcionario al candidato seleccionado, debiendo tomar posesión de su cargo, en el plazo de treinta días naturales a contar del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento

conferido.

12.ª Incidencias.

El Tribunal Calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos

necesarios para el correcto desarrollo de los procesos

selectivos.

13.ª Norma final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales Calificadores podrán ser impugnadas por los

interesados en los casos y en la forma establecidos por la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

Número de plazas convocadas: Una.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Clase: Técnico Medio.

Denominación: Diplomado en Graduado Social.

Grupo: B.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Diplomado en Graduado Social.

Derechos de examen: 3.000 ptas.

Fase de Concurso

1. Cursos y seminarios. Por la participación en cursos y seminarios relacionados con la Función Pública Local, el trabajo administrativo, Seguridad Social y el Derecho y Salud Laboral, por ser las actividades a desarrollar en la plaza que se opta, hasta un máximo de 3 puntos en la forma siguiente:

- Cursos en los que no conste su duración: 0,10 puntos.

- Cursos de 6 a 20 horas: 0,25 puntos.

- Cursos de 21 a 40 horas: 0,35 puntos.

- Cursos de 41 a 100 horas: 0,45 puntos.

- Cursos de más de 100 horas: 0,55 puntos.

2. Antigüedad. La antigüedad se valorará hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

- Por cada año de servicio en este Ayuntamiento en puestos de similares características: 0,30 puntos.

- Las fracciones de tiempo inferiores al año se valorarán por meses de forma proporcional a la valoración de los períodos anuales.

3. Experiencia. La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará, atendiendo a las mismas áreas de conocimiento correspondientes a las plazas que se opta, hasta un máximo de 4 puntos en la forma siguiente:

- Por cada año de servicio en este Excmo. Ayuntamiento en puestos con funciones relacionadas con Recursos Humanos: 0,50 puntos.

- Las fracciones de tiempo inferiores al año se valorarán por meses en forma proporcional a la valoración anual.

- La experiencia no se considerará mérito cuando se haya adquirido como consecuencia de una comisión de servicio.

MATERIAS ESPECIFICAS

1. Estructura y composición del sistema de la Seguridad Social.

2. La Gestión del Sistema de Seguridad Social Español.

3. Financiación de la Seguridad Social.

4. La acción protectora del sistema español de Seguridad Social.

5. La Responsabilidad en orden a las prestaciones.

Responsabilidades empresariales derivadas. Infracciones y sanciones.

6. Sujetos protegidos y entidades gestoras. Constitución de la relación jurídica de Seguridad Social.

7. La Cotización de la Seguridad Social. La acción

recaudatoria.

8. La alteración de la salud como contingencia protegida. Prestaciones.

9. Accidente de trabajo y enfermedad profesional.

10. Incapacidad Transitoria e Invalidez Provisional.

11. Invalidez Permanente: Grados de Invalidez Permanente. Requisitos del hecho causante. Prestaciones.

12. Dinámica y gestión de las prestaciones por Invalidez Permanente. Prestaciones recuperadoras. Lesiones permanentes no invalidantes.

13. Jubilación.

14. Muerte y supervivencia.

15. Desempleo.

16. Los funcionarios de la Administración Local en el Régimen General.

17. Las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social.

18. El contrato de trabajo. Naturaleza jurídica del contrato de trabajo. Elementos del contrato de trabajo.

19. Capacidad para contratar. Trabajo de Menores.

20. Contenido del contrato de trabajo.

21. Modalidades del contrato de trabajo.

22. El objeto de la obligación de trabajo. El poder de

dirección y la organización del trabajo en la Empresa. La clasificación y el grupo profesional. El ius variandi. El control de trabajo prestado: El poder disciplinario.

23. El tiempo de la prestación de trabajo.

24. El modo de la prestación de trabajo: La diligencia del trabajador y el rendimiento debido. El deber de buena fe. Prohibición de concurrencia y los pactos de no-concurrencia.

25. El salario: Concepto y función. Clases de salarios. Salario base y complementos salariales.

26. Liquidación y pago de salarios. El salario mínimo

interprofesional. Garantías del Salario. El Fondo de Garantía Salarial.

27. Modificación del Contrato de Trabajo. La Novación.

28. Interrupción y suspensión del Contrato de Trabajo.

29. Extinción del Contrato de Trabajo.

30. El Despido. El despido disciplinario: Conceptos, causas, procedimiento y efectos.

31. Despido por circunstancias objetivas. El despido por reducción de personal. Las reconversiones industriales. Prescripción y caducidad en el contrato de trabajo.

32. La estabilidad en el empleo. Suspensión y extinción del desempleo: Infracciones. Prestaciones complementarias: El Subsidio, colocación. El Instituto Nacional de Empleo.

33. El derecho de representación en la empresa. Organos: Comités de empresa y delegados de personal. Las secciones sindicales.

34. La Negociación Colectiva. Los Acuerdos Colectivos. Análisis y comentario del artículo 37.1 de la Constitución.

35. El Convenio Colectivo: Concepto y características.

Capacidad y legitimación negocial. Ambito de vigencia. Acuerdos de adhesión y actos de extensión.

36. La elaboración del Convenio Colectivo: El procedimiento negocial. Efectos del Convenio Colectivo. La interpretación del Convenio Colectivo.

37. Contenido del Convenio Colectivo: El contenido mínimo del Convenio Colectivo. Distinción entre parte obligacional y parte normativa. Aplicación e interpretación de los Convenios Colectivos.

38. Los Pactos Colectivos. Delimitación y analogía entre el pacto colectivo y el Convenio Colectivo. Eficacia jurídica de los pactos colectivos.

39. La Negociación Colectiva de los funcionarios públicos.

40. Medidas de conflicto colectivo: La Huelga y el Cierre Patronal.

41. Solución de los conflictos colectivos.

42. Las Cooperativas de Trabajo Asociado. Regulación Jurídica. Régimen y Funcionamiento.

43. Las Sociedades Anónimas Laborales. Regulación Jurídica. Régimen y Funcionamiento.

44. La Jurisdicción de Trabajo. Sistema español. Organos jurisdiccionales de trabajo; extensión y límites de la

jurisdicción de trabajo; competencias. Las partes. El objeto del proceso: La pretensión procesal.

45. La conciliación extraprocesal: La conciliación como presupuesto del proceso; el órgano de conciliación;

procedimiento conciliatorio. La reclamación administrativa previa: Procedimiento y efectos.

46. El proceso de trabajo ordinario; fases del procedimiento. Especial referencia a la sentencia. Tipos de la misma y efectos.

47. Procesos especiales: Proceso en materia de despido; proceso sobre conflictos colectivos; proceso sobre Seguridad Social.

48. Recursos: Queja, suplicación, casación y revisión. Proceso de ejecución: La ejecución laboral.

TEMAS COMUNES

49. La Constitución de 1978 como marco jurídico fundamental. Principios Generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

50. La Monarquía, teoría general. La Corona en la Constitución española. El Poder Legislativo. Teoría general. Las Cortes Generales.

51. El Poder ejecutivo. Relaciones entre el Gobierno y el Poder legislativo. El Poder judicial.

52. El Estado. Organización territorial.

53. Las Comunidades Autónomas. Principios de organización. Competencias propias y relación con otras Administraciones Públicas.

54. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma Andaluza: Su significado.

55. Los Poderes legislativos, ejecutivo y judicial en el Estatuto de Autonomía de Andalucía.

56. Régimen Local Español: Principios Constitucionales y Regulación Jurídica.

57. Organización y competencias de la provincia. La Diputación Provincial.

58. Organización y competencias municipales. El Ayuntamiento.

59. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

60. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho: La Ley. La Costumbre y los Principios Generales del Derecho.

61. El acto administrativo. Concepto. Clases. Elementos. Actos nulos y anulables.

62. El procedimiento administrativo. Dimensión temporal del mismo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

63. Las formas de acción administrativa. Policía, servicio público y fomento.

64. El funcionario público. Responsabilidad del mismo. Derechos y obligaciones.

65. El gasto público. Concepto y clases. Efectos económicos del gasto público.

66. Ingresos públicos. Conceptos y clases.

Algeciras, 9 de octubre de 2000.- El Alcalde, Patricio

González García.

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