Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 21/11/2000

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Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Granada, sobre Resolución de autorización administrativa, aprobación de proyecto de ejecución y declaración en concreto de utilidad pública de la instalación eléctrica que se cita (expte. 6783/AT). (PP. 2437/2000).

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Visto el expediente referenciado y examinados los documentos obrantes en el mismo, se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 16 de octubre de 1998, Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A., unipersonal, solicitó en esta Delegación Provincial la autorización administrativa, aprobación del Proyecto de Ejecución y declaración en concreto de utilidad pública, acompañando relación de propietarios y organismos públicos afectados.

Segundo. Consta en el expediente Resolución de Informe Ambiental favorable, emitido con fecha 23 de junio de 1999 por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Granada.

Tercero. De acuerdo con el artículo 53 de la Ley 54/1997, de

27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y del artículo 17 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOE núm. 79, de 2 de abril de 1999; BOJA núm., de 6 de mayo de

1999; BOP de Granada núm. 74, de 3 de abril de 1999, y diario Ideal de Granada de 30 de marzo de 1999.

Asimismo, se remitieron separatas y se recabó informe a los siguientes organismos afectados:

- Ayuntamiento de Motril.

- Demarcación de Carreteras del Estado.

- Compañía Telefónica.

- Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente.

Imponiendo condicionados que posteriormente fueron aceptados por la empresa peticionaria o bien siendo aprobados por ausencia de respuesta a la reiteración de la solicitud de condicionado e informe.

Cuarto. Durante el período de información pública, presentaron alegaciones los siguiente afectados:

- Inmobiliaria y Constructora Avila Rojas, S.A., (parcela núm.), manifestando su oposición a instalación de la línea alegando que le impediría la construcción de viviendas, sin embargo dicho hecho está permitido siempre que se cuente con autorización del organismo competente y se respeten las distancias reglamentarias.

- Azucarera Ebro Agrícolas, S.A. (parcela núm. 20), manifestando la existencia de arrendatarios ocupantes en la finca de su propiedad, que deberán tenerse en cuenta a los efectos legales previstos, a lo cual contestó la empresa peticionaria dando su conformidad a lo manifestado.

Quinto. Consta en el expediente Informe Técnico de Ingeniero adscrito al Servicio de Industria, Energía y Minas de esta Delegación Provincial de Granada en el que se pone de manifiesto que, efectuada inspección sobre el terreno, la traza de la línea no está afectada por las prohibiciones, ni limitaciones a que se hace mención en el artículo 57 de la Ley/1997, del Sector Eléctrico, y en los artículos 25 y 26 del Decreto 2619/1966, de 20 de octubre.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico en Granada es competente para conceder la solicitada aprobación del proyecto de ejecución, declaración en concreto de utilidad pública y expropiación forzosa de la línea en cuestión, según lo dispuesto en el Título I, artículo 13, apartado 14, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre; Decreto de Presidente de la Junta de Andalucía

6/2000, de 28 de abril, sobre Reestructuración de Consejerías, y Decreto 244/2000, de 31 de mayo, por el que se regula la Estructura Orgánica de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Segundo. La aprobación de las instalaciones eléctricas está regulada por el artículo 11 del Decreto 2617/1966, en vigor, en virtud de la Disposición Transitoria Primera de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico.

La aprobación del Proyecto de Ejecución de Instalaciones Eléctricas está regulado por el artículo 14 del Decreto

2617/1966.

De conformidad con lo establecido en el artículo 54 de la Ley

54/1997, del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos de artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Provincial de Empleo y Desarrollo Tecnológico

R E S U E L V E

Primero. Autorizar la instalación cuyas características principales son las siguientes:

Peticionario: Compañía Sevillana de Electricidad I, S.A. Características: Línea aérea de A.T. 20 kV D/C de 1.834 m, con conductor Al-Ac de 6,2 mm de sección, aislamiento por cadenas de 3 elementos U40BS y apoyos metálicos, con origen en «Central Térmica Sta. Isabel¯ y final en «Subestación Celulosa¯, situada en el t.m. de Motril.

Presupuesto: 17.611.720 ptas.

Finalidad: Mejorar la calidad del servicio de la zona.

Segundo. Aprobar el Proyecto de ejecución de la mencionada línea.

Tercero. Declarar en concreto la utilidad pública de la citada línea, que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de derechos e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 54 de la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, y del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Cuarto. Acordar la imposición de servidumbres y limitaciones de dominio de los bienes que se relacionan en la relación de propietarios afectados del Anexo a esta Resolución, a los efectos de artículo 56 de la Ley 54/1997.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación o a partir de la última de las publicaciones de la presente Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero.

Granada, 4 de septiembre de 2000.- El Delegado, Mariano Gutiérrez Terrón.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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