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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la sentencia dictada con fecha 18 de abril de 2000, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 1416/1996, promovido por Amivan, S.L., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Desestimar el recurso contencioso-administrativo que la Procuradora doña María Paz Calvo, en nombre y representación de la Entidad Mercantil Amivan, S.L., interpuso el 16 de abril de
1996 contra la Resolución de 22 de enero de 1996, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, que desestimó el recurso ordinario promovido contra la Resolución de 8 de mayo de 1995, de la Delegación Provincial en Granada, que en el expte. 65/95, incoado en virtud del acta
2905/94, como autora de una infracción grave apreciada en su grado máximo en consideración al perjuicio causado y al incumplimiento del requerimiento previo efectuado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con los artículos 10.9 y 36 de la Ley 8/88, de 7 de abril, le impuso una sanción de quinientas mil pesetas, cuyo acto administrativo confirmamos por parecer conforme a Derecho; sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 7 de noviembre de 2000.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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