Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 14 de 05/02/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 23 de diciembre de 1999, por la que se deja sin efecto la de 14 de diciembre de 1999, y se autoriza la aportación de varias fincas rústicas de los bienes de propios del Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla) a la empresa de capital íntegramente municipal, denominada Iniciativa Municipal para la Vivienda, SA (Inmuvisa), como pago o contraprestación de acciones por importe de 1.051.000.000 de ptas.

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En la Orden de 14 de diciembre del presente año se autorizaba al Ayuntamiento de Lebrija (Sevilla) a que aportase varias fincas rústicas a Inmuvisa, por importe de 886.624.809 ptas., a fin de dar cumplimiento al acuerdo plenario de 9 de noviembre de 1999; posteriormente, y debido al informe técnico de valoración emitido por el perito independiente designado por el Registrador Mercantil, se ha modificado la cuantía de la aportación, por lo que ha sido necesario adoptar nuevo acuerdo por la Junta General de Inmuvisa, en sesión celebrada el 15 de noviembre de 1999, en el sentido de aprobar el aumento del capital social en la cantidad de 1.051.000.000 de ptas. mediante la emisión de 1.051 nuevas acciones de 1.000.000 de ptas. Como consecuencia de esta valoración, el Ayuntamiento adopta nuevo acuerdo plenario de fecha 22 de diciembre del presente año 1999, acordando suscribir dicho aumento.

En el expediente instruido por el Ayuntamiento de Lebrija, a efectos de aportación de las fincas que se determinan en el acuerdo adoptado por el Pleno, en sesión celebrada el día 9 de noviembre de 1999, a la empresa de capital íntegramente municipal denominada Iniciativa Municipal para la Vivienda, S.A. (Inmuvisa), se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 79.1, 96 y 104.3 del Real Decreto Legislativo

781/1986, de 18 de abril, así como a los artículos 109, 113,

114 y 118 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de

13 de junio de 1986, de conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía.

En su virtud, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.4 de la Ley

6/1983, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Dejar sin efecto la Orden de esta Consejería de 14 de diciembre de 1999.

Segundo. Autorizar la aportación de las fincas rústicas de los bienes de propios del Ayuntamiento de Lebrija, reseñados en el acuerdo plenario de 9 de noviembre de 1999, a la empresa de capital íntegramente municipal denominada Iniciativa Municipal para la Vivienda, S.A. (Inmuvisa), valorados en 1.051.000.000 de ptas., a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación de fecha 22 de diciembre de 1999, y cuyas descripciones son las siguientes:

1. Extensión superficial de quinientas ochenta hectáreas, ochenta y cinco áreas y diez centiáreas segregada de la finca «Hornillo y Valdeojos¯. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.819, Libro 498, Folio 58, Finca 26.109, Inscripción 2.ª

2. Parcela de regadío número 2.062, Subsector A, de la Zona Regable del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir de cabida 12-90-

88 ha en unión de la nave para aperos de labranza. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.860, Libro 506, Folio 83, Finca 24.822, Inscripción.ª

3. Parcela de regadío número 4.023, Subsector A de la Zona Regable del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir, de cabida 12-

41-35 ha, en unión de la nave para aperos de labranza. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.860, Libro

506, Folio 87, Finca 24.824, Inscripción.ª

4. Parcela de regadío número 3.045, del Subsector C de la Zona Regable del Bajo Guadalquivir, de cabida 12-67-53 ha, en unión de la nave para aperos de labranza. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.860, Libro, Folio 91, Finca

24.826, Inscripción 1.ª

5. Parcela de regadío número 1.019, del Subsector C de la Zona Regable del Bajo Guadalquivir, de cabida 12-37-17 ha, en unión de la nave para aperos de labranza. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.860, Libro, Folio 95, Finca

24.828, Inscripción 1.ª

6. Parcela de regadío número 3.117, Subsector B de la Zona Regable del Sector B-XII del Bajo Guadalquivir, de cabida 5-51-

39 ha, inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.860, Libro 506, Folio 99, Finca 24.830, Inscripción 1.ª

7. Extensión superficial de 34-01-50 ha, de la finca conocida con el nombre de «La Calabacilla¯. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo 1.860, Libro 506, Folio, Finca

24.834, Inscripción 1.ª

8. Finca «Los Yesos¯ con una superficie de 743-26-00 ha. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo

1.863, Libro 507, Folio 72, Finca 7.588, Inscripción 8.ª

9. Finca rústica «Los Pozos¯ con una superficie de 26-40-57 ha. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera al Tomo

1.785, Libro 493, Folio 211, Finca 24.552, Inscripción 2.ª

Tercero. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la

notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondiente órganos judiciales de este Orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 23 de diciembre de 1999

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

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