Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 23/03/2000

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 13 de marzo de 2000, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan cursos de formación general a distancia, contenidos en los programas correspondientes a los planes de Formación de 2000.

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Aprobados los Planes de Formación para 2000 del IAAP, Plan General, Plan Laborales y Plan de Formación Continua, se contienen en distintos programas cursos generales de formación a distancia, cuya metodología, organización y seguimiento son idénticos para cada denominación, independientemente del Plan en el que están incluidos.

Esta convocatoria abarca la totalidad de cursos, con las denominaciones indicadas, a realizar a lo largo de 2000. Se pretende que los seleccionados a los cursos planifiquen temporalmente su actividad formativa de acuerdo con los tutores o evaluadores en función de sus necesidades e intereses y de los ritmos aconsejados en cada uno de ellos.

Las solicitudes establecerán la preferencia de los cursos, optando a uno o dos de los convocados en el modelo de solicitud.

Los seleccionados se adscribirán a los cursos en uno u otro Plan en función de los intereses de los organizadores. Por consiguiente, y de acuerdo a los fines perseguidos con este tipo de actividades formativas, se establecen las siguientes BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Convocatoria.

El Instituto Andaluz de Administración Pública convoca los cursos de formación general a distancia recogidos en el Anexo I, correspondientes a los Planes de Formación para 2000, destinados al personal al servicio de la Administración General de la Junta de Andalucía y de otras Instituciones de la Junta de Andalucía, que hayan firmado acuerdos o convenios con el Instituto Andaluz de Administración Pública para la participación en las actividades formativas de éste.

Segunda. Número de cursos.

Cada solicitante deberá rellenar una sola instancia, en la que optará por un máximo de dos de los cursos convocados.

Tercera. Solicitudes.

Las solicitudes se presentarán o enviarán, según el modelo que se adjunta en el Anexo II, en la Delegación del Gobierno de la provincia en que radique el centro de trabajo donde preste el servicio.

Sólo las personas que trabajen en los Servicios Centrales las dirigirán al IAAP.

Las solicitudes podrán remitirlas, también, vía fax, a los siguientes números:

DELEGACIONES DE GOBIERNO

Almería: 950/01.01.42.

Cádiz: 956/25.20.04.

Córdoba: 957/00.21.90.

Granada: 958/29.35.68.

Huelva: 959/01.14.10.

Jaén: 953/00.30.82.

Málaga: 95/103.86.01.

Sevilla: 95/504.21.26.

Instituto Andaluz de Administración Pública: 95/504.24.52.

No se considerarán las instancias que no se cumplimenten en su totalidad e igualmente las que no se envíen adecuadamente en cuanto a la provincia o Instituto Andaluz de Administración Pública, según la adscripción del solicitante.

Plazos de las solicitudes: Para cualquiera de los dos cursos preferidos, hasta 15 días contados a partir del día siguiente de la publicación en BOJA.

Cuarta. Organización y procedimientos de los cursos.

Todos los cursos tendrán asignado un profesor-tutor.

Todos los cursos seguirán los siguientes procedimientos y metodología:

Contendrá dos sesiones presenciales: Una inicial de

presentación y otra final de pruebas de seguimiento o

evaluación.

Los cursos se iniciarán cuando los alumnos sean convocados por el profesor-tutor para la sesión inicial.

En ella recibirán los materiales del curso.

Las dos sesiones presenciales se realizarán en horario de tarde y serán obligatorias para todos los participantes.

Desde la fecha de presentación hasta la finalización del curso transcurrirán entre treinta y cuarenta días. Entre estos límites temporales el profesor-tutor fijará la fecha de las pruebas de evaluación, comunicándole el día de la presentación. Si, por causas justificadas, alguno o algunos de los alumnos no pudieran asistir a la sesión inicial, el profesor-tutor habilitará otra fecha adicional para la citada presentación del curso.

Los materiales se componen, en todos los casos, de un manual, un cuaderno de actividades prácticas y un cuaderno de

autoevaluación. En ocasiones, también, de otros materiales complementarios.

En la sesión inicial el profesor-tutor expondrá los objetivos y contenidos fundamentales del curso, detallará la metodología a emplear, indicando los procedimientos y medios de contactos para las consultas y resolución de dudas, los períodos de entrega y revisión de los cuadernos de actividades prácticas y determinará las posibles fechas alternativas para las pruebas de seguimiento o evaluación.

Quinta. Seguimiento y evaluación de los cursos.

Los seleccionados a los cursos podrán optar a dos tipos de pruebas o evaluaciones, que se reflejarán en el modelo de solicitud.

A) Modalidad de pruebas con aprovechamiento.

Los participantes que elijan esta modalidad se someterán a un examen o pruebas de evaluación.

Las pruebas consistirán en:

1.º Dos preguntas abiertas relacionadas con los cuadernos de actividades prácticas, no contenidas en éstos, elaboradas y propuestas por los profesores-tutores.

2.º Cuatro preguntas de tipo test, asimismo, no contenidas en los cuadernos de autoevaluación, elaboradas y propuestas por el profesor tutor.

Para la realización de estas pruebas con aprovechamiento no se podrán consultar ni los manuales, ni los cuadernos del curso.

B) Modalidad de seguimiento para la certificación de la asistencia.

Los seleccionados que opten por esta modalidad realizarán pruebas para la constatación de que han seguido el curso.

Responderán a dos preguntas del cuaderno de actividades prácticas y de cinco preguntas, del tipo test, del cuaderno de autoevaluación, por tanto contenidas en los materiales del curso. En esta modalidad se podrán consultar, durante las pruebas, los manuales del curso.

Los seleccionados que opten a las pruebas con aprovechamiento (Modalidad A) deberán, previamente, realizar las pruebas de seguimiento (Modalidad B).

Sexta. Certificado de los cursos.

Del resultado de las evaluaciones dependerá la expedición de los certificados correspondientes. En la Modalidad A, se expedirá certificado de aprovechamiento a los que superen el examen planteado, no expidiéndole certificado de asistencia en este caso.

En la Modalidad B, se expedirá certificado de asistencia a los que superen las pruebas de seguimiento.

En los dos tipos de certificados se indicarán los mismos números de horas lectivas, de acuerdo a las que se asignen a cada curso.

Los alumnos que no superen el examen para el aprovechamiento (Modalidad A) podrán recibir el de asistencia si superaron las pruebas de seguimiento (Modalidad B).

Séptima. Selección de los alumnos.

La selección de los alumnos se realizará dando prioridad a las personas con menos cursos de formación, de acuerdo al siguiente baremo de aplicación:

1.º Tendrán preferencia los que hayan participado en un menor número de actividades de formación o cursos, impartidos u homologados por el IAAP, durante los últimos cincos años.

2.º A igualdad del número de actividades de formación o cursos del punto anterior tendrán preferencia los que tengan un menor número de actividades de formación o cursos, impartidos u homologados por el IAAP, sin limitación de tiempo.

3.º Los que igualen en los anteriores apartados serán

seleccionados en función de su mayor antig?edad en la

Administración Pública.

4.º La selección se realizará independientemente de la

modalidad elegida por el solicitante.

Sevilla, 13 de marzo de 2000.- El Director, Joaquín Castillo Sempere.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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