Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 28/03/2000

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 14 de febrero de 2000, por la que se concede la modificación de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio al Centro privado de Educación Secundaria San Luis Rey, de Palma del Río (Córdoba).

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Visto el expediente instruido a instancia de don Antonio Rodríguez Fenoy, como representante de la Congregación de Religiosos Salesianos, titular del Centro Docente privado «San Luis Rey¯, sito en Palma del Río (Córdoba), Avenida Diputación, núm. 6, solicitando modificación de las enseñanzas de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional Específica de conformidad con el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir enseñanzas de Régimen General, y el Real Decreto 777/1998, de

30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la Formación Profesional en el ámbito del sistema educativo.

Resultando que el Centro privado «San Luis Rey¯ de Palma del Río (Córdoba), por Orden de 3 de septiembre de 1998 (BOJA de 1 de octubre), está autorizado para impartir: a) Educación Secundaria Obligatoria con: 4 unidades y 120 puestos escolares;

b) Bachillerato con: 2 unidades y 70 puestos escolares en la modalidad de Tecnología y 2 unidades y 70 puestos escolares en la modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales; c) Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio con: 2 Ciclos de Técnico en Gestión Administrativa con 60 puestos escolares, 1 Ciclo de Técnico en Equipos e Instalaciones Electrotécnicas con 30 puestos escolares, 2 Ciclos de Técnico en Electromecánica de Vehículos con 60 puestos escolares, 1 Ciclo de Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo con 30 puestos escolares; d) Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior con: 1 Ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas con 30 puestos escolares y 1 Ciclo de Técnico Superior en Sistemas de Regulación y Control Automáticos con 30 puestos escolares.

Resultando que actualmente solicita autorización para la sustitución de un Ciclo Formativo de Técnico en Electromecánica de Vehículos por otro ciclo de Técnico en Montaje y Mantenimiento de Frío, Climatización y Producción de Calor.

Vistos: La Constitución española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, evaluación y el gobierno de los Centros; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común; el Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real Decreto 777/98, de

30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación

profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el Real Decreto 173/98, de 16 de febrero; el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorización de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

Considerando que en el expediente de autorización han recaído informes del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación y Ciencia en Córdoba, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Considerando que se han cumplido, en el presente expediente, todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del

Decreto/1992, de 9 de junio, la sustitución de un Ciclo Formativo de Técnico en Electromecánica de Vehículos por otro Ciclo de Técnico en Montaje y Mantenimiento de Frío,

Climatización y Producción de Calor al Centro privado «San Luis Rey¯ de Palma del Río (Córdoba) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: «San Luis Rey¯.

Titular: Congregación de Religiosos Salesianos.

Domicilio: Avenida Diputación, núm. 6.

Localidad: Palma del Río.

Municipio: Palma del Río.

Provincia: Córdoba.

Código: 14005213.

Enseñanzas que se autorizan:

Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 4 unidades y 120 puestos escolares.

Bachillerato:

- Modalidad: Tecnología.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

- Modalidad: Humanidades y Ciencias Sociales.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio:

- Dos Ciclos de Técnico en Gestión Administrativa.

Capacidad: 60 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Equipos e Instalaciones

Electrotécnicas.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Electromecánica de Vehículos.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Equipos Electrónicos de Consumo.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico en Montaje y Mantenimiento Frío,

Climatización y Producción de Calor.

Capacidad: 30 puestos escolares.

Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Superior:

- Un Ciclo de Técnico Superior en Administración y Finanzas.

Capacidad: 30 puestos escolares.

- Un Ciclo de Técnico Superior en Sistemas de Regulación y Control Automáticos.

Capacidad: 30 puestos escolares.

Segundo. La presente autorización surtirá efecto conforme a lo establecido en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 20 de junio, y de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Córdoba, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Cuarto. El Centro queda obligado al cumplimiento de la

legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. La presente Orden modifica la Orden de 3 de septiembre de 1998 (BOJA de 1 de octubre).

Sexto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-

administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 14 de febrero de 2000

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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